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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-fiscalia-general-justicia/98
Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
98

Artículo 98 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Congreso de la Ciudad de México va a elegir a las personas que formarán parte del Consejo Ciudadano de la Fiscalía General. Para eso, primero lanzará una convocatoria pública donde cualquiera pueda postularse, y será un proceso abierto y transparente. Una vez inscritos los candidatos, la gente común (como tú) y las organizaciones civiles tendrán 5 días para dar su opinión, apoyar o rechazar a quienes se anotaron. Así que tú puedes participar diciendo si estás de acuerdo o no con alguna persona que quiera estar en ese Consejo.

Texto oficial

Artículo 98. Integración. La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México, seleccionará a personas integrantes del Consejo Ciudadano de la Fiscalía General, previa convocatoria pública abierta y transparente. La convocatoria preverá un plazo de 5 días para que la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil presenten opiniones, adhesiones y objeciones sobre las personas inscritas.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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