- Ley
- Ley Orgánica del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la Ley Orgánica del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a tener una oficina especial solo para hablar con la gente y escuchar su opinión. Esta oficina se encargará de organizar pláticas y juntas con la ciudadanía para que todos puedan participar en cómo se planean los proyectos y acciones. Su trabajo es asegurarse de que los planes que se hagan tomen en cuenta lo que la gente opina. Así, la participación de todos será parte importante de cada paso en el proceso de planeación.
Texto oficial
Artículo 15. El Instituto contará con una Oficina Especializada para la Consulta Pública y la Participación Social, la cual será la encargada de llevar a cabo todos los procesos, vinculación y articulación con la sociedad, a efecto de que los instrumentos de planeación se armonicen y elaboren con la participación ciudadana en las distintas etapas y escalas del proceso integral de planeación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.