Ley Orgánica del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta Ley se creó para establecer las reglas sobre cómo se va a organizar, funcionar y trabajar el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México. Ese instituto es como un órgano del gobierno que se encarga de planear el futuro de la ciudad con la participación de los ciudadanos. En pocas palabras, esta ley dice cómo debe operar ese instituto.
- Art. 2Este artículo define los nombres clave de la ley en palabras sencillas. La "Administración Pública Local" es el conjunto de oficinas del gobierno de la Ciudad de México. Las "Alcaldías" son las autoridades que gobiernan cada una de las zonas en las que se divide la capital, como Iztapalapa o Coyoacán. El "Instituto" es un organismo que se encarga de planear cómo debe crecer y desarrollarse la ciudad a largo plazo, tomando en cuenta la opinión de la gente. Por último, la "Zona Metropolitana" incluye a la Ciudad de México y a los municipios del Estado de México que la rodean, formando una sola área urbana grande.
- Art. 3El Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México es como una agencia especial del gobierno que no depende directamente de un jefe político, sino que tiene libertad para hacer su trabajo técnico y administrar sus recursos. Esta agencia tiene su propio dinero, propiedades y derechos legales, como si fuera una persona independiente ante la ley. Su chiste es planear el futuro de la ciudad escuchando a la gente, pero sin que los políticos metan mano en sus decisiones diarias.
- Art. 4El artículo 4 dice que el Instituto se compone de varias partes. Está la Junta de Gobierno, que es como el grupo que toma las decisiones más importantes; la Dirección General, que es la persona encargada de dirigir todo; y el Directorio Técnico, que son especialistas que ayudan con los asuntos técnicos. También hay un Consejo Ciudadano, que son personas de la sociedad que vigilan y opinan; una oficina especial para que tú puedas consultar y participar como ciudadano; y por último, otras áreas de trabajo que la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México haya aprobado, según lo que diga la Ley y su Reglamento. En pocas palabras, así es como está organizado el Instituto.
- Art. 5El Instituto tiene varias tareas importantes. Una de ellas es hacer el plan principal de la ciudad y revisar que se esté cumpliendo. También se encarga de crear y actualizar el programa de ciencia, tecnología e innovación, el cual se revisa cada tres años. Además, debe asegurarse de que todos los planes del gobierno tomen en cuenta los derechos humanos, usando un sistema especial de información que sea público y fácil de consultar. Otra función es promover que tú y las organizaciones sociales participen en la planeación de la ciudad, capacitándolos y dando a conocer información a través de internet y otros medios. Por último, el Instituto verifica que el dinero del gobierno se use correctamente según los planes aprobados y, si algo no coincide, hace recomendaciones para arreglarlo.
- Art. 6Este artículo dice cómo está formada la Junta de Gobierno, que es el grupo de personas que toma las decisiones más importantes del Instituto. La encabeza la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y está compuesta por varios secretarios y secretarias del gobierno local, como los de Administración, Planeación, Agua, Vivienda, Medio Ambiente y Protección Civil. También incluye a tres representantes del Cabildo (que son como los concejales) y a siete ciudadanos o ciudadanas que forman parte del Directorio Técnico. En pocas palabras, es como el “consejo directivo” que dirige el rumbo del Instituto.
- Art. 7La Junta de Gobierno se junta cada tres meses de forma normal y cuando sea necesario de forma especial. Para que una reunión sea válida, debe estar presente más de la mitad de sus miembros. Las decisiones se toman con el voto de la mayoría de los asistentes, y si hay empate, el presidente tiene el voto decisivo (el llamado "voto de calidad"). Si el Jefe de Gobierno falta con una excusa válida, lo reemplaza el Secretario de Planeación. En las juntas siempre están invitados los titulares de Derechos Humanos y de la Procuraduría Ambiental, pero solo pueden opinar, no votar. Finalmente, el Director General del Instituto actúa como secretario técnico, es decir, el que ayuda a organizar las reuniones.
- Art. 8La Junta de Gobierno del Instituto es como el “consejo directivo”. Su trabajo es aprobar documentos importantes para que todo funcione bien. Entre esos documentos están las reglas de operación, los planes y programas generales, los lineamientos para cambios de uso de suelo, y cómo se le permite participar a la ciudadanía, organizaciones civiles y comunidades. También tienen que aprobar el reglamento del Instituto, el presupuesto anual, los estudios que se necesiten y los convenios de colaboración con otras dependencias. En resumen, la Junta decide los papeles clave que guían todo el trabajo del Instituto.
- Art. 9Para ser director o directora general, necesitas ser mexicano o mexicana y tener todos tus derechos ciudadanos al día, como el derecho a votar. También debes tener al menos 35 años cumplidos el día en que te nombren, tener buena reputación y un título universitario de al menos cinco años de antigüedad en áreas como ingeniería, ciencias sociales o ambientales. Además, tienes que demostrar experiencia en planeación y haber trabajado en el gobierno, preferiblemente en puestos de mando, y no estar inhabilitado para cargos públicos. Por último, debes presentar tus declaraciones de intereses, bienes e impuestos, y no haber sido candidato a un puesto de elección popular ni haber dirigido un partido político en los últimos cuatro años.
- Art. 9 BisSi el director o la directora general renuncia o falta por completo, el Comité de Selección tiene máximo 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para mandar una nueva lista de tres candidatos al Congreso. Mientras tanto, el Reglamento dirá quién se encargará de manera temporal, y esa persona debe cumplir los mismos requisitos que el titular para que el Instituto no deje de funcionar.
- Art. 10El jefe del Instituto (la Dirección General) tiene varias tareas importantes. Su trabajo principal es dirigir el Instituto, representarlo legalmente y administrar su dinero, personal y recursos. También debe preparar y presentar a la Junta de Gobierno para que lo aprueben: el plan general del Instituto, su presupuesto anual, los informes de avances y los sistemas para medir resultados y participación ciudadana. Además, se encarga de proponer al responsable de la oficina de consulta ciudadana, dar seguimiento a que los planes se cumplan y coordinar estudios y evaluaciones. Finalmente, firma convenios con universidades u otras organizaciones y participa como secretario en las juntas de gobierno.
- Art. 11El Directorio Técnico es un grupo de 15 personas expertas que aconsejan cómo armar, operar, checar y darle seguimiento al Sistema de Planeación de la Ciudad. Estas personas son elegidas porque saben mucho sobre temas importantes para que la ciudad sea sustentable. Siete de ellas vienen de la Junta de Gobierno, y las otras ocho son ciudadanas comunes. Su encargo dura tres años, y pueden ser reelectas por otro periodo igual, pero se reemplazan poco a poco para que no se vayan todos al mismo tiempo. Además, al elegirlos, se debe asegurar que haya el mismo número de mujeres y hombres.
- Art. 12Para ser elegido como ciudadano del Directorio Técnico, necesitas cumplir con estos requisitos: no haber sido candidato ni haber tenido algún puesto de elección popular (como diputado o presidente municipal) en los últimos cuatro años; tampoco debes haber sido dirigente estatal o nacional de ningún partido político en ese mismo periodo. También es necesario tener un título universitario de al menos tres años de antigüedad en carreras como ingeniería, ciencias sociales, ambientales o humanidades, además de tener una carrera profesional reconocida y una buena reputación de honestidad. Quienes formen parte de este Directorio trabajarán sin recibir sueldo, es decir, de manera honorífica, y empezarán su cargo al día siguiente de que termine la persona que estaba antes.
- Art. 13El Consejo Ciudadano es un grupo de personas que sirve para que el gobierno te escuche y te tome en cuenta en temas importantes como la economía, la cultura o el medio ambiente. Su trabajo es revisar que se cumplan tus derechos poco a poco y dar sugerencias para mejorar el desarrollo. Este consejo está formado por doce personas elegidas por tres años, que pueden repetir el cargo un periodo más. En su selección se busca que haya la misma cantidad de hombres y mujeres, y participen representantes del gobierno, empresas, escuelas y organizaciones de la sociedad.
- Art. 14Para poder ser parte del Consejo Ciudadano, necesitas cumplir con estos requisitos: no haber sido candidato ni haber tenido un puesto de elección popular (como diputado o alcalde) en los últimos cuatro años; tampoco haber sido dirigente nacional o estatal de un partido político en ese mismo periodo. Además, debes tener fama pública de ser una persona honesta y recta, y contar con un título universitario o experiencia comprobable de al menos tres años en áreas como matemáticas, ingeniería, ciencias sociales, ambientales o humanidades. Las personas que formen parte de este Consejo trabajarán de manera honorífica, es decir, sin recibir un sueldo, y empezarán su cargo un día después de que termine la persona que estaba antes.
- Art. 15El Instituto va a tener una oficina especial solo para hablar con la gente y escuchar su opinión. Esta oficina se encargará de organizar pláticas y juntas con la ciudadanía para que todos puedan participar en cómo se planean los proyectos y acciones. Su trabajo es asegurarse de que los planes que se hagan tomen en cuenta lo que la gente opina. Así, la participación de todos será parte importante de cada paso en el proceso de planeación.
- Art. 16La Oficina Especializada tiene varias tareas clave para que tú puedas meterte en los planes del gobierno. Su trabajo principal es crear reglas y métodos para que la gente participe y opine en todos los pasos de la planeación, desde que se hace un plan hasta que se evalúa. También tiene que publicar toda la información sobre estos planes en internet, pero explicada en lenguaje sencillo para que cualquier persona la entienda. Además, esta oficina te va a asesorar si tú o tu organización quieren hacer propuestas o consultas sobre los planes de desarrollo. Y si tú envías una queja o sugerencia, ellos deben recibirla, darle seguimiento y, si no la aceptan, explicarte por escrito por qué no procedió. También pueden organizar foros y consultas para que todos participen, y hasta capacitar a la gente para que sepa cómo involucrarse. Finalmente, tienen que invitar a participar a comités comunitarios y a pueblos originarios si el plan los afecta directamente.
- Art. 17El Instituto debe tener al menos 7 áreas para poder hacer su trabajo. Una se dedica a escuchar a la ciudadanía y recibir sus opiniones sobre los planes de la ciudad. Otra se encarga de diseñar los planes de desarrollo y su presupuesto. Hay una que revisa que todos los planes y proyectos combinen bien entre sí y con el uso del suelo. También debe haber un área que maneje un sistema con mapas y datos para planear el crecimiento de la Ciudad. Otra más se encarga de darle seguimiento a los planes y evaluar si están funcionando. Además, debe haber un área para temas de agua y prevención de desastres. Por último, pueden existir otras áreas que se creen después en los reglamentos.
- Art. 18El artículo 18 dice que las comisiones (grupos de trabajo) dentro del Directorio Técnico y del Consejo Ciudadano sirven como apoyos para que esas dos instancias hagan mejor su trabajo. Para que se puedan armar estas comisiones, tiene que dar su permiso la Junta de Gobierno. Algunas de las comisiones que podrían crearse son sobre temas como bienestar social, patrimonio de la Ciudad, seguridad, derechos humanos o hacienda pública, entre otras. También se pueden formar otras comisiones distintas si las pide el Directorio Técnico, el Consejo Ciudadano o el director general, siempre que la Junta de Gobierno las apruebe. En resumen, se trata de que existan equipos especializados para ayudar en asuntos importantes de la Ciudad.
- Art. 19Las comisiones (grupos de trabajo) tienen tres obligaciones principales: hacer las tareas que les ordenen tanto la Junta de Gobierno como la Dirección General; proponerle a la Dirección General, por medio del Consejo Ciudadano o del Directorio Técnico, los trabajos que les encargaron; y cada año deben preparar un reporte de lo que hicieron en su área y entregarlo a la Dirección General, también a través del Consejo Ciudadano o del Directorio Técnico.
- Art. 20El Instituto tendrá un órgano especial que se encarga de vigilar su funcionamiento, pero no depende de él, sino de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México. La persona que esté a cargo de este órgano será la responsable de revisar y evaluar cómo se maneja el dinero y los recursos del Instituto. Todo esto lo hará siguiendo las leyes y las reglas que marque la propia Secretaría de la Contraloría.
- Art. 21El jefe del Área de Control Interno (el que vigila que se usen bien los recursos) tiene que cumplir con lo que digan dos leyes: la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Para hacer su trabajo, debe coordinarse con el titular de la Contraloría General de la Ciudad. Además, todo lo que haga debe seguir lo que marcan otras dos leyes locales: la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley de Auditoría y Control Interno. En resumen, su poder y obligaciones están detallados en esas leyes, no se inventa nada fuera de ahí.
- Art. 22El Instituto tiene su propio dinero y cosas (como edificios, muebles o equipo), que puede usar y administrar para hacer su trabajo. Ese patrimonio se forma con: los bienes que le dé el gobierno (como oficinas o terrenos), el dinero que le toque del presupuesto de la Ciudad y de la Federación, y cualquier otro bien o derecho que consiga por otras vías legales.
- Art. 23Las personas que trabajan en el Instituto tienen derechos y obligaciones laborales que están marcados en la Constitución de la Ciudad de México, específicamente en el apartado C del artículo 10. Los miembros del Directorio Técnico y del Consejo Ciudadano no son considerados trabajadores del Instituto ni del gobierno, por lo que no tienen una relación de empleo formal. Su participación es voluntaria y no genera derechos como sueldo o prestaciones. Sin embargo, si cometen alguna falta, pueden ser sancionados según lo que dice la ley de responsabilidades de la Ciudad de México.
- Art. 24El artículo 24 dice que algunas oficinas del gobierno local, las que el Instituto señale, tendrán áreas especiales. Estas áreas se encargarán de planear y vigilar el desarrollo en lo que les toca hacer. Para eso, tendrán que seguir las reglas, formas de trabajar y herramientas que el Instituto les indique.
- Art. 25Cada Alcaldía debe tener una oficina o equipo especial que se comunique con el Instituto (la institución encargada de revisar el desarrollo de la ciudad). El trabajo de esa oficina es planear y vigilar cómo va creciendo su zona, siguiendo las reglas, pasos y métodos que el Instituto ya definió. En otras palabras, no pueden hacer lo que quieran, sino que deben coordinarse con el Instituto para que todo esté bien ordenado.
- Art. 26Si el Instituto no cumple con sus obligaciones de transparencia (dar información clara) y protección de datos personales (cuidar tu información privada), recibirá un castigo. Ese castigo se aplicará según lo que digan dos leyes de la Ciudad de México: la Ley de Transparencia y la Ley de Protección de Datos Personales. En esas leyes vienen las reglas sobre cómo y cuándo se sanciona.
- Art. 27La Oficina Especializada para Consulta Pública y Participación Social va a establecer las reglas para recibir y atender tus quejas o sugerencias. En ese proceso, deben revisar qué acción no se hizo, cuál era el plan original, de qué trataba el asunto, qué avances hubo, si se cumplió o no, y dar una recomendación sobre si tu queja tiene razón. Esto aplica para que puedas participar y exigir que se hagan bien las cosas en temas de planeación de la ciudad.