- Ley
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad va a tener empleados que entran por un sistema llamado servicio civil de carrera, que no es más que un proceso formal para contratar y ascender a los trabajadores según sus méritos y capacidades. Estos trabajadores deben actuar siempre con apego a la ley, ser honestos, leales, justos y hacer su trabajo de manera rápida y efectiva. Todo esto se hará bajo las reglas que el Congreso establezca en una ley especial para ese propósito. En pocas palabras, busca que los servidores públicos sean profesionales y no estén sujetos a intereses personales o políticos.
Texto oficial
Artículo 15. La Administración Pública de la Ciudad se integrará con base en un servicio civil de carrera, que se sujetará a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, profesionalización y eficacia, de conformidad con la Ley que expida, para ese efecto, el Congreso. CAPÍTULO II De la Administración Pública Centralizada
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.