- Ley
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 31
Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana es la dependencia encargada de organizar cómo crece la ciudad, asegurando que sea ordenado y sostenible. Sus funciones incluyen crear y vigilar los planes de desarrollo urbano, como el Programa General de Desarrollo Urbano, y diseñar proyectos para zonas específicas de la Ciudad de México. También se encarga de asesorar a las Alcaldías, supervisar que las construcciones cumplan las leyes y expedir certificados de uso de suelo. Además, puede proponer expropiaciones si son necesarias para el bien común y gestionar terrenos para el desarrollo futuro de la ciudad.
Texto oficial
Artículo 31. A la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana corresponde el despacho de las materias relativas al ordenamiento territorial y desarrollo urbano sustentable. Párrafo reformado G.O. CDMX 03/10/24 Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones: Proponer, coordinar y ejecutar las políticas en materia de planeación urbana, así como formular, coordinar, elaborar y evaluar los programas en esta materia y realizar los estudios necesarios para la aplicación de las Leyes de Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de la Ciudad de México, así como del Plan General de Desarrollo y del Programa General de Ordenamiento Territorial, y de las leyes correspondientes a los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de la Ciudad; Formular, coordinar y evaluar el Programa General de Desarrollo Urbano de la Ciudad; Elaborar, en coordinación con las autoridades correspondientes, los programas parciales de desarrollo urbano, así como sus modificaciones, y someterlos a la consideración de la persona titular de la Jefatura de Gobierno; Conducir, en coordinación con las autoridades correspondientes, las modificaciones al Programa General de Desarrollo Urbano y a los Programas Parciales; Prestar a las Alcaldías, cuando así lo soliciten, la asesoría y el apoyo técnico necesario para la ejecución de los programas parciales de desarrollo urbano; Supervisar los actos administrativos de las Alcaldías y revisar periódicamente las manifestaciones de construcción emitidas por las mismas, para vigilar el cumplimiento de los programas, las leyes en materia de desarrollo urbano y de la normatividad en la materia; Expedir los Certificados Únicos de Zonificación de Uso del Suelo; Fijar la política, estrategia, líneas de acción y sistemas técnicos a que debe sujetarse la planeación urbana; Coordinar la integración al Plan General de Desarrollo de la Ciudad, de los programas territoriales, parciales y sectoriales, mantenerlos actualizados y evaluar sus resultados; Realizar y desarrollar en materia de ingeniería y arquitectura los proyectos estratégicos urbanos, conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento respectivo y demás normativa aplicable; Normar y proyectar de manera conjunta con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, las obras en sitios y monumentos del patrimonio cultural de su competencia; Proponer y vigilar el cumplimiento de las normas y criterios que regulan la tramitación de permisos, autorizaciones y licencias previstas en la Ley de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México, y demás disposiciones en la materia; Analizar la pertinencia, formular los expedientes correspondientes y proponer, en su caso, a la persona titular de la Jefatura de Gobierno, las expropiaciones y ocupaciones por causas de utilidad pública; Estudiar, evaluar y proponer la adquisición de las reservas territoriales necesarias para el desarrollo urbano, con base en un programa de corto, mediano y largo plazo, así como dictaminar la desincorporación de inmuebles del patrimonio de la Ciudad; Diseñar los mecanismos e instrumentos técnicos y administrativos de fomento para el desarrollo urbano en general, así como generar la determinación y pago de las afectaciones y expropiaciones que se realicen por causa de utilidad pública; Promover la inversión inmobiliaria, tanto del sector público como privado, para la vivienda, el equipamiento, los servicios y la instrumentación de los programas que se deriven del Programa General de Desarrollo Urbano de la Ciudad y demás disposiciones aplicables; Coordinar las actividades de las comisiones de límites y nomenclatura de la Ciudad; Registrar y supervisar las actividades de los peritos y directores responsables de obras, en términos del Reglamento respectivo y demás normativa aplicable; Autorizar y vigilar los trabajos de explotación de yacimientos de arena, cantera, tepetate, piedra y arcilla; revocar las autorizaciones, cuando los particulares no cumplan las disposiciones legales y administrativas aplicables, así como rehabilitar las zonas minadas para el desarrollo urbano; Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 03/10/24 Conocer y resolver los estudios de impacto urbano e impacto urbano ambiental; Generar criterios técnicos, para realizar diagnósticos en materia de desarrollo urbano; Generar, en coordinación con las dependencias y entidades competentes, el sistema de información geográfica del patrimonio ambiental y urbano de la Ciudad; Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 03/10/24 Elaborar y operar un registro de los instrumentos de planeación del desarrollo urbano; Conducir, normar y ejecutar la política de espacio público en la Ciudad; Proveer a la autoridad competente la información y datos sobre el patrimonio cultural y natural de la ciudad, para su registro; y Promover, apoyar y ejecutar las acciones y programas de regularización de la tenencia de la tierra y en su caso, proponer a la persona titular de la Jefatura de Gobierno por conducto de la Secretaría de Gobierno, que emita la declaratoria correspondiente de expropiación u ocupación en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables; Fracción reformada G.O. CDMX 03/10/24 Crear y conducir la Comisión Interinstitucional de la Regularización Territorial; Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Revisar el marco normativo en las materias competencia de la Secretaría, y proponer proyectos de iniciativas y reformas a las leyes y demás instrumentos jurídicos necesarios, para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley; Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Coordinar el Sistema Integral de información de Regularización Territorial, para el cual se deberá privilegiar el uso de las tecnologías de la información, así como con la Consejería Jurídica y de servicios legales para una eficientización de los trámites; Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Conducir en materia de coordinación metropolitana y regional, las relaciones de la persona titular de la Jefatura de Gobierno con los organismos y poderes públicos locales y federales, los gobiernos de las Alcaldías y los órganos de representación ciudadana; Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Estrechar y fortalecer la coordinación de la Ciudad de México con los niveles y poderes de gobierno que inciden en la zona metropolitana; Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Coordinar operativamente la planeación metropolitana con la participación de las autoridades correspondientes y representar al Gobierno de la Ciudad en la concertación con los gobiernos estatales, municipales y los que correspondan. Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Realizar en coordinación con el Colegio de Notarios de la Ciudad de México a través de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y con las autoridades fiscales y administrativas competentes, la Jornada Notarial en términos de lo dispuesto por la Ley del Notariado de la Ciudad de México; Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Establecer, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas, estrategias y acciones para la instalación, mantenimiento, distribución, permanencia y retiro de los medios publicitarios de su competencia; Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Otorgar y revocar las licencias relativas a la instalación de medios publicitarios conforme a lo dispuesto en la ley de la materia Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Determinar los corredores publicitarios; y Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24 Las demás que le atribuyan las leyes y otros ordenamientos. Fracción adicionada G.O. CDMX 03/10/24
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