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Ley
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
91

Artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En el plan de trabajo del gobierno formado por varios partidos (llamado Gobierno de Coalición), se van a escribir los objetivos, las metas y las acciones concretas para mejorar la Ciudad. Ese plan servirá para crear las políticas públicas (es decir, las decisiones y programas del gobierno) y también para definir qué leyes va a proponer ese gobierno. Si los partidos que forman el gobierno no se ponen de acuerdo en algún tema, pueden dejarlo fuera del plan. El hecho de que tengan diferencias en algunos puntos no es razón para terminar con el gobierno de coalición.

Texto oficial

Artículo 91. En el Programa de Gobierno de la Coalición se trazarán los objetivos, metas y líneas de acción que servirán de base para la definición e implementación de las políticas públicas de la Ciudad, estableciéndose las acciones específicas para alcanzarlos y sobre las que se desarrollará la Agenda Legislativa del Gobierno de Coalición. Se podrán excluir del Programa de Gobierno, los aspectos en los que los Partidos Políticos coaligados mantengan posiciones diferentes; el sostenimiento de estas diferencias no será un motivo para la terminación del Gobierno de Coalición.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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