- Ley
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 95
Artículo 95 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de Gobierno de la Ciudad de México debe informar al Congreso local sobre el acuerdo de coalición, pero solo para que los diputados ratifiquen a los titulares de las dependencias que fueron nombrados según ese acuerdo. Después, el jefe de Gobierno ordena que se publique ese mismo acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En pocas palabras, se trata de un paso obligatorio para que quede formal el equipo de trabajo del gobierno de coalición.
Texto oficial
Artículo 95. La persona titular de la Jefatura de Gobierno hará del conocimiento del Congreso de la Ciudad el Convenio de Coalición para el único efecto de ratificar a las personas Titulares de las Dependencias de la Administración Pública designadas en los términos del Convenio de Gobierno de Coalición; y ordenará su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.