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Ley
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
10

Artículo 10 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Asuntos Internos es como un área especial que vigila que los policías hagan bien su trabajo y cumplan sus obligaciones, siempre respetando los derechos humanos. La persona encargada y su equipo deben actuar con honestidad y profesionalismo, además de conocer bien las reglas disciplinarias y lo que puede pasar si un policía se porta mal; ellos no forman parte de la Carrera Policial. También hay un grupo externo de ciudadanos, académicos y expertos que revisa el trabajo de esta Unidad cuando ocurren casos policiales muy sonados. Al final, este grupo entrega los resultados de sus revisiones directamente al Jefe de Gobierno y al Secretario de Seguridad.

Texto oficial

Artículo 10.- La Unidad de Asuntos Internos se encargará de supervisar la actuación policial y de verificar el cumplimiento de las obligaciones de los integrantes de los cuerpos policiales que se encuentran bajo el mando de la Secretaría, con pleno respeto a los derechos humanos. El personal adscrito y el titular de la unidad de Asuntos Internos desarrollará las funciones de supervisión con pleno respeto a los derechos humanos de los integrantes de las instituciones policiales de la Secretaría; no formarán parte de la Carrera Policial y deberán acreditar poseer conocimientos relativos al régimen disciplinario y a las responsabilidades derivadas de la actuación policial, así como un alto nivel profesional y de especialización. El Consejo Asesor Externo revisará la actuación de la Unidad de Asuntos Internos en casos de actuación policial de alto impacto en la opinión pública o de aquellos en que así lo determinen las personas titulares de la Jefatura de Gobierno o de la Secretaría. Se integrará por Consejeros Ciudadanos del Consejo Ciudadano para la Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia, así como por académicos y expertos de la sociedad civil. Los resultados de sus investigaciones serán entregados a las personas titulares de la Jefatura de Gobierno y de la Secretaría.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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