Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley sirve para decir cómo se va a organizar la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, que es la dependencia encargada de cuidar tu seguridad. Todo lo que haga esta secretaría debe seguir las reglas de la Constitución nacional, la de la Ciudad de México y otras leyes importantes sobre seguridad pública y el gobierno de la ciudad. Básicamente, es el instructivo que le dice a esta secretaría cómo debe trabajar y qué leyes debe respetar para hacer bien su chamba.
- Art. 2Este artículo solo sirve para definir palabras clave que se usan en esta ley. Por ejemplo, cuando dice "Centro" se refiere al Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Ciudad de México, y "Ciudad" significa la Ciudad de México. También aclara que la "Comisión" es la de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, y que "Personal de la rama administrativa" son los trabajadores de la Secretaría que no son policías.
- Art. 3La Secretaría se encarga de hacer todo lo necesario para que vivas seguro en la Ciudad de México: proteger tu vida, tu integridad y tus pertenencias, prevenir delitos y violencia, y mantener el orden y la paz. También puede ayudar al Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos) cuando se lo pidan, deteniendo personas o asegurando cosas robadas o usadas para delinquir. Además, crea programas y políticas de seguridad que le indique el Jefe de Gobierno, y reúne información para compartirla con otras autoridades del sistema de seguridad. Finalmente, puede firmar acuerdos con otras dependencias (como alcaldías o el gobierno federal) para proteger a las personas en situaciones de peligro.
- Art. 4El jefe de Gobierno de la Ciudad es quien elige y puede quitar al secretario o secretaria de la Secretaría que menciona este artículo. Esto lo hace siguiendo las reglas que marca la Constitución de la Ciudad. Pero ojo, el Presidente de México también tiene ciertas facultades sobre este asunto, según lo que dice la Constitución Federal. En términos sencillos, el jefe de Gobierno tiene la última palabra, pero el Presidente puede intervenir en casos específicos que marca la ley.
- Art. 5La persona que está al mando de la Secretaría puede hacer su trabajo directamente ella misma o puede delegarlo en las oficinas y en los grupos de policías que dependan de ella. Esto significa que no todo lo tiene que hacer personalmente, sino que puede darle órdenes a sus equipos para que actúen por su cuenta. Las "Unidades Administrativas" son las áreas de oficina, y las "Unidades Administrativas Policiales" son los equipos de policías que le tocan a esa Secretaría. En pocas palabras, el jefe o jefa puede mandar o dejar que sus subordinados hagan el trabajo.
- Art. 6La persona que está al frente de la Secretaría (como el secretario o secretaria) tiene el control directo de los cuerpos policiales que trabajan para esa dependencia. Eso significa que puede dar órdenes sobre cómo deben operar, organizarse y funcionar en el día a día. En pocas palabras, es quien decide y coordina todo lo relacionado con esos policías.
- Art. 7Este artículo dice que, en el reglamento interno de la dependencia, se van a definir cómo se llaman y qué funciones tienen cada área de trabajo. Por ejemplo, las oficinas principales, las que dan apoyo técnico, las policiales y las que mezclan apoyo con policía. También se van a asignar responsabilidades específicas a cada una. Además, las unidades de protección ciudadana, los grupos especiales y otros servicios que forman parte de la policía de la Secretaría van a estar dentro de las áreas policiales. Todo esto se va a establecer en el reglamento interno y en su manual de procedimientos. Básicamente, es como el organigrama de cómo está organizada la policía.
- Art. 8Para ser jefe de una subsecretaría o de la Oficialía Mayor, necesitas: Ser mexicano o mexicana y tener tus derechos políticos y civiles al corriente (como poder votar y ser votado). Tener al menos 35 años cumplidos. Tener un título universitario y tu cédula profesional con al menos cinco años de antigüedad, o bien, demostrar que tienes cinco años de experiencia en el área. Tener buena fama, no haber sido sentenciado por un delito hecho a propósito (doloso) y no estar en medio de un juicio penal. Además, desde marzo de 2024, la ley pide que se busque que haya equidad entre hombres y mujeres al hacer estos nombramientos.
- Art. 9Este artículo habla de los requisitos que deben cumplir las personas que quieran ser jefes en áreas importantes del gobierno de la Ciudad de México, como direcciones o coordinaciones. Para empezar, deben ser mexicanos y tener sus derechos políticos y civiles vigentes. También es necesario tener por lo menos 30 años y contar con un título universitario de al menos 5 años, relacionado con el puesto, o en su defecto, tener experiencia comprobable de 5 años en puestos de dirección. Además, no deben tener una condena firme por un delito intencional y deben tener buena reputación. Por último, al elegir a estos jefes, se debe procurar que haya igualdad entre hombres y mujeres.
- Art. 10La Unidad de Asuntos Internos es como un área especial que vigila que los policías hagan bien su trabajo y cumplan sus obligaciones, siempre respetando los derechos humanos. La persona encargada y su equipo deben actuar con honestidad y profesionalismo, además de conocer bien las reglas disciplinarias y lo que puede pasar si un policía se porta mal; ellos no forman parte de la Carrera Policial. También hay un grupo externo de ciudadanos, académicos y expertos que revisa el trabajo de esta Unidad cuando ocurren casos policiales muy sonados. Al final, este grupo entrega los resultados de sus revisiones directamente al Jefe de Gobierno y al Secretario de Seguridad.
- Art. 11El artículo 11 dice que los encargados de vigilar a los policías (llamados "Asuntos Internos") tienen que trabajar con reglas claras. Su labor principal es asegurarse de que, cuando alguien se queje de un policía, la queja se investigue de manera justa, honesta y completa, para que la persona que se quejó reciba justicia y los propios policías sepan que el proceso es parejo para todos. Para lograrlo, pueden hacer revisiones en los lugares donde trabajan los policías en cualquier momento, investigar quejas que lleguen por teléfono, escrito, correo o en persona (que deben ratificarse bajo protesta de decir verdad), y también investigar por sorpresa según un plan autorizado por el jefe de la Secretaría. Además, siempre deben investigar cuando un policía use la fuerza, cause lesiones o provoque una muerte, o cuando lo ordene un superior. Todo esto implica llevar un registro de quejas y castigos, que solo pueden ver las personas autorizadas y respetando la privacidad. Los resultados de cada investigación los firman los jefes del área y se los comunican al superior del policía investigado, al que aplica las sanciones, y si se descubre un delito, lo reportan al Ministerio Público (la fiscalía).
- Art. 12El artículo 12 describe cómo funciona el Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Ciudad. Básicamente, esta oficina se encarga de revisar a fondo a quienes quieren entrar o seguir trabajando en la policía y otras instituciones de seguridad, así como a los empleados de empresas de seguridad privada. Para asegurarse de que cumplen con los requisitos, les hacen exámenes médicos, psicológicos, de drogas, de sus bienes y hasta pruebas del polígrafo. También es la responsable de emitir el Certificado Único Policial, que es como una credencial que comprueba que están aprobados. Todo esto lo hacen siguiendo las leyes y reglas establecidas, con la obligación de ser justos, profesionales y mantener la información en secreto para que solo personas autorizadas puedan verla.
- Art. 13El jefe del Centro y todo el personal que trabaja ahí tienen que pasar unas pruebas o exámenes que marca la Ley del Sistema, y deben hacerlo dentro del tiempo que esas pruebas estén vigentes, siguiendo las reglas que aplican. Además, estos servidores públicos no forman parte del Servicio Profesional de Carrera Policial, que es el sistema de contratos, ascensos y capacitación especial para policías. En pocas palabras, aunque trabajen en unidades policiales, no son considerados policías de carrera.
- Art. 14Este artículo dice que las jefaturas importantes de la policía dependen de la Subsecretaría que señale el reglamento interno. Para ser jefe de alguna de estas áreas policiacas, necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano o mexicana y tener tus derechos políticos y civiles vigentes, tener mínimo 30 años, contar con un título universitario de al menos 5 años en una carrera relacionada con seguridad ciudadana (o tener 5 años de experiencia comprobable como directivo en alguna policía), tener buena reputación y no tener una condena firme por un delito grave (ni estar en un juicio penal por eso), y además pasar todas las evaluaciones que te pongan.
- Art. 14 BisLa Unidad Especializada de Género es una oficina dentro de la Secretaría que se encarga de que todo el trabajo de la institución tome en cuenta las necesidades de las mujeres, para que no haya violencia por el hecho de ser mujer. Puedes acudir a ella si eres mujer y has sufrido violencia por parte de policías o personal administrativo de la Secretaría. Ahí te darán orientación legal, apoyo psicológico y te acompañarán a poner una denuncia ante las autoridades, para proteger tus derechos. También pueden iniciar un expediente para investigar los casos, proponer sanciones al personal que haya actuado mal, y emitir recomendaciones para evitar que estas situaciones se repitan. Además, cada año hacen un diagnóstico para medir los avances, dan capacitaciones para que todos entiendan el tema de género, y diseñan programas para que más mujeres puedan ocupar puestos importantes dentro de la institución.
- Art. 14 TerPara ser jefa o jefe de la Unidad Especializada de Género, además de cumplir con los requisitos de cualquier otro puesto administrativo, necesitas: tener título en Ciencias Sociales (como derecho, sociología) o Ciencias de la Salud (como psicología o medicina); contar con estudios o experiencia comprobada en el tema de violencia contra las mujeres por su género; no haber sido sentenciada por delitos graves como homicidio, violencia sexual, violencia familiar o violencia política contra mujeres; y no aparecer en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (personas que deben pensión alimenticia y no pagan).
- Art. 15La Universidad de la Policía es una escuela de nivel superior que sirve para formar profesionales en seguridad ciudadana y justicia penal. Su trabajo se basa en prevenir delitos, respetar los derechos humanos, cuidar la igualdad de género, apoyar a grupos que necesitan atención especial y combatir la corrupción, usando tecnología moderna para resolver problemas de seguridad en la Ciudad. Todos los policías de Proximidad y empleados de la Secretaría tienen derecho a estudiar en los programas que ofrece esta Universidad. Esta Universidad depende de la Secretaría de Seguridad y su jefe es elegido o removido directamente por el titular de esa Secretaría, cumpliendo con requisitos establecidos en el artículo 9 de esta ley.
- Art. 16En la Secretaría de Seguridad de la Ciudad de México, cuando un servidor público no pueda trabajar por un rato por enfermedad, vacaciones o algo así, otra persona de menor rango tomará su lugar temporalmente. El jefe máximo será reemplazado por los subjefes (como los subsecretarios) en el orden que marque el reglamento. Los subjefes serán cubiertos por el trabajador inmediato de menor rango que sigue debajo de ellos. Y los demás empleados serán reemplazados por quien esté un nivel abajo en la jerarquía. Todo esto aplica solo para los asuntos que cada quien debe atender.
- Art. 18La Secretaría es la que manda y se hace responsable de la Policía de Proximidad, que son los agentes que andan cerca de la gente en las calles. Esta policía está formada por varios grupos, como los que previenen delitos, los que ayudan en eventos, los que controlan el tránsito, los que cuidan bancos y fábricas, los que vigilan el orden público, los que atienden a turistas, los que cuidan animales, y otros grupos especiales. También puede haber más cuerpos policiacos que se creen después según las reglas que apliquen.
- Art. 19El artículo 19 dice que la persona que está a cargo de la Secretaría (como un secretario o secretaria de seguridad) es la única que puede elegir a los jefes de las Unidades de Protección Ciudadana. Pero no puede nombrar a cualquiera: esos jefes deben ser policías de carrera, es decir, personas que ya trabajan en la policía y cumplen con los requisitos para ese puesto. En pocas palabras, los altos mandos de protección ciudadana siempre salen de entre los propios policías, no de gente de fuera.
- Art. 20Este artículo dice que los equipos de policía, servicios y unidades de protección ciudadana van a estar dentro de la estructura de la dependencia policiaca que marque el reglamento interno. Los jefes y los miembros de esos equipos tienen que obedecer al secretario y a los subsecretarios de los que dependan, tal como lo dice el mismo reglamento. En otras palabras, todos deben seguir las órdenes de sus superiores según las reglas escritas.
- Art. 21Este artículo explica cómo se organiza la policía en la Ciudad de México según el tipo de trabajo que hacen. Los policías se dividen en tres grupos principales: los que patrullan en carros o a caballo, los que cuidan eventos y actos oficiales, los que ayudan en emergencias y rescates, y los que apoyan a la secretaría de medio ambiente para proteger parques y áreas verdes. También hay un equipo que se encarga de juntar información sobre delincuencia, hacer operativos en zonas conflictivas, ayudar al ministerio público en investigaciones, y mantener en buen estado los vehículos, armas y uniformes. Por último, están los policías que patrullan a pie en colonias o zonas específicas para vigilar de cerca. Todas estas tareas pueden ampliarse según lo que digan los manuales internos de la dependencia.
- Art. 22La Secretaría tiene equipos especiales, como los Agrupamientos y Unidades de Protección Ciudadana, que se encargan de la movilidad (cómo nos movemos), seguridad vial (que no haya accidentes) y tránsito (reglas para circular). Todos esos equipos trabajan siguiendo lo que dice el Reglamento Interior, que es el manual que les indica cómo hacer su chamba. En este capítulo se define cuáles son los rangos y puestos dentro de la Policía de Proximidad, o sea, cómo se organizan los policías que cuidan las calles en tu colonia.
- Art. 23La carrera policial está organizada en tres niveles principales: Comisarios, Inspectores y Oficiales. En cada nivel hay tres puestos, como Comisario General, Comisario Jefe y Comisario, que forman una cadena de mando de arriba a abajo. También hay una Escala Básica para los policías de menor rango, que incluye desde Policía Tercero hasta Policía. En pocas palabras, esto define cómo se ordenan los rangos de los policías, como si fuera una escalera donde cada quien tiene su lugar y a quién debe reportar.
- Art. 24El artículo 24 dice que todas las personas que trabajan en la Policía de Proximidad, sin importar su rango, deben tener disciplina como base de su trabajo. Esto significa que tienen que cumplir las leyes, seguir órdenes y respetar a sus superiores. También deben actuar con honor, justicia y ética, es decir, con honestidad y haciendo lo correcto. En pocas palabras, los policías deben portarse bien y obedecer las reglas para que la corporación funcione bien.
- Art. 25Este artículo dice que las reglas para contratar, capacitar, evaluar, ascender, sancionar o despedir a los policías de proximidad se van a definir en un reglamento aparte, no aquí en esta ley. Es decir, los detalles de cómo funciona su carrera profesional se van a escribir en otro documento oficial. Además, cuando un policía sea despedido o separado del cargo, la Secretaría tiene que informarle a la Oficialía Mayor (que es el área de administración) para que ellos hagan los trámites que les tocan.
- Art. 26Para entrar a trabajar como policía en la carrera profesional, necesitas cumplir varios requisitos. Primero, ser mexicano, tener todos tus derechos ciudadanos y no tener otra nacionalidad. También debes tener buena conducta y moral, y no haber sido condenado por un delito grave (hecho a propósito o por descuido muy serio) ni estar en un juicio por uno. Además, tienes que comprobar con un certificado que tienes el nivel de estudio que pide la convocatoria, tener la edad y el perfil físico, médico, ético y de personalidad adecuados, y no consumir drogas ni tener alcoholismo. Por último, debes pasar todo el proceso de selección, las evaluaciones y el curso de formación, no estar suspendido o haber sido despedido de otra institución policial o de justicia, y si eres hombre, presentar tu cartilla del Servicio Militar Nacional.
- Art. 27Para seguir siendo policía, necesitas cumplir con todo esto: ser solo mexicano, tener buena conducta, y no tener una sentencia firme por delito intencional (hecho a propósito) o grave por descuido, ni estar en un juicio por delito intencional. También debes tener la edad y el perfil físico, médico, ético y de personalidad que pide el trabajo, asistir a cursos de capacitación y aprobar exámenes, participar en procesos de ascenso, y pasar evaluaciones periódicas. Además, tienes que aprobar exámenes médicos, físicos, psicológicos, psiquiátricos y de drogas, no consumir drogas ni alcohol, y no haber sido suspendido, destituido o inhabilitado como policía o servidor público.
- Art. 28Si eres policía de proximidad y cumples 60 años o llevas 30 años trabajando, ya no puedes seguir en servicio activo (patrullando o en la calle). Tienes que pedir tu retiro, a menos que el jefe de la Secretaría decida que necesitan que te quedes un tiempo más, pero solo por máximo cinco años y haciendo puro trabajo de oficina, no operativo.
- Art. 29Los policías de la Policía de Proximidad son asignados a diferentes áreas, grupos o servicios según su rango y especialidad. O sea, no los ponen en cualquier puesto, sino donde más se necesiten según su nivel y lo que sepan hacer. El rango es como su puesto en la jerarquía (ejemplo: oficial, suboficial, etc.). La especialidad es la capacitación que tienen, como tránsito, investigación o prevención del delito. Así se aseguran de que cada quien haga el trabajo para el que está preparado.
- Art. 30En el catálogo de puestos, que es como una lista de todos los trabajos de una institución, se dirá exactamente cuánto va a ganar cada persona según el puesto que tenga. Eso significa que el sueldo de cada quien dependerá del nivel de responsabilidad que maneje, como los jefes ganarán más que los de menor rango. Así, no habrá dudas de cuánto le toca a cada empleado por su trabajo.
- Art. 31La persona que está al frente de la Secretaría (como el secretario o secretaria de seguridad) puede decidir quién sube al siguiente puesto o rango dentro de la Policía. Esto aplica solo para los policías que se hayan destacado por hacer muy bien su trabajo o por haber hecho algo importante por su cargo. En lugar de esperar un turno o antigüedad, pueden ser recompensados con un ascenso directo si demuestran que se lo merecen.
- Art. 32La policía de tu ciudad, además de cumplir con otras obligaciones que ya están en la ley, tiene que encargarse de varias cosas siempre respetando tus derechos humanos: mantener el orden en las calles, investigar pistas sobre delitos para prevenirlos, ayudar al Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos) cuando lo pida, proteger a los edificios del gobierno y a otras oficinas públicas cuando lo necesiten, cuidar lugares abiertos al público como parques o plazas, ponerse de acuerdo con otras policías para atender emergencias, vigilar cómo circulan personas y carros en las calles, y trabajar con las autoridades de medio ambiente para evitar que se dañen las áreas verdes de la ciudad.
- Art. 33El artículo explica que mantener el orden y la tranquilidad en las calles significa cinco cosas: primero, cuidar que no te lastimen a ti ni a tus cosas. Segundo, si ven a alguien cometiendo un delito en el momento, deben perseguirlo, detenerlo y llevarlo ante el Ministerio Público (que es como la fiscalía). Tercero, evitar que la gente cometa faltas o delitos antes de que pasen. Cuarto, ayudarte cuando haya accidentes, incendios o desastres naturales. Quinto, detener y llevar ante un juez a quienes probablemente hayan cometido una falta o delito.
- Art. 34La policía o autoridades de seguridad pueden hacer lo siguiente para prevenir delitos: 1. Juntar información sobre cómo operan los criminales y dónde cometen delitos. 2. Recibir reportes de la gente sobre zonas peligrosas o actividades sospechosas, sin que se sepa quién los reportó. 3. Investigar para evitar que se cometan delitos. 4. Vigilar más zonas donde haya mucha delincuencia. 5. Contarle al Ministerio Público (como un fiscal) sobre cualquier delito del que se enteren y darle toda la información que hayan obtenido. 6. Hacer acuerdos con otras autoridades (federales, estatales o municipales) para compartir información y trabajar juntos en estas tareas.
- Art. 35Este artículo explica lo que la policía de la Ciudad de México puede hacer para ayudar al Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos). Básicamente, la policía puede ayudar en las investigaciones siguiendo las órdenes del Ministerio Público, por ejemplo, resguardando pruebas, cuidando a los fiscales, vigilando lugares donde ocurrió un delito o evitando que personas ajenas entren a la escena del crimen. También deben avisar rápido al Ministerio Público si saben de un delito, y si el delito se comete en el momento, pueden perseguir y detener al sospechoso para llevarlo ante la autoridad. Además, pueden vigilar zonas de la ciudad que sean peligrosas, y todo esto lo hacen siempre bajo las instrucciones del Ministerio Público.
- Art. 36El artículo 36 dice que la policía tiene tres tareas principales para cuidar a las oficinas del gobierno de la Ciudad y del gobierno federal. Primero, vigilar y cuidar por fuera los edificios donde trabajan, como las alcaldías, los juzgados o el Congreso. Segundo, ayudar a los jueces y a las autoridades cuando necesiten usar la fuerza para que se cumplan sus órdenes, como un desalojo. Tercero, dar protección especial a los edificios y al personal importante de estas oficinas si así lo piden sus jefes.
- Art. 37El artículo 37 dice que la policía o las autoridades de la ciudad tienen la obligación de cuidar y vigilar los lugares públicos, como calles, parques, plazas y jardines. También deben dar vigilancia en los pasillos y calles de las unidades habitacionales (como los edificios de departamentos) cuando los vecinos lo pidan de manera formal. Además, tienen que estar al pendiente de los alrededores de lugares donde se junte mucha gente, como estadios o eventos. Por último, deben proteger a las personas que asistan a concentraciones grandes y también a quienes se vean afectadas por esas aglomeraciones.
- Art. 38El artículo 38 dice que la policía tiene permitido vigilar ciertos lugares importantes para mantener segura la Ciudad. Esto incluye cuidar las entradas de edificios del gobierno federal, como las oficinas de los Poderes de la Unión. También deben vigilar las afueras de embajadas y consulados de otros países, así como las entradas de los centros de reinserción social, que son las cárceles de la Ciudad. Además, pueden hacer rondines o patrullajes extras en zonas donde ocurren muchos delitos para prevenir problemas.
- Art. 39El artículo 39 dice que la policía o las autoridades de seguridad pueden trabajar junto con otras instituciones del gobierno, como las federales, estatales o municipales, cuando sea necesario. Esto incluye dos cosas: primero, pueden firmar acuerdos o convenios para organizar esa colaboración. Segundo, pueden participar en operaciones o acciones conjuntas que esas otras instituciones les pidan, siempre relacionadas con su trabajo. En pocas palabras, las autoridades pueden hacer equipo con otras cuando el servicio lo necesite, ya sea haciendo un convenio o ayudando en acciones específicas.
- Art. 40Este artículo dice que las autoridades de tránsito tienen varias responsabilidades. Pueden poner multas y aplicar las reglas de tránsito para mantener el orden y la seguridad en las calles. También pueden revisar que se cumplan las normas ambientales, y hasta sacar de la vía pública vehículos u objetos que estorben o sean peligrosos. Además, pueden hacer campañas para prevenir accidentes y reducir el consumo de alcohol y drogas al manejar, sobre todo en zonas donde haya más problemas. Por último, pueden ponerse de acuerdo con otras dependencias para llevar a cabo estas acciones.
- Art. 41El artículo 41 dice que la policía especializada en temas ambientales tiene varias tareas. Por ejemplo, puede hacer rondines para evitar que la gente cometa delitos ambientales o faltas administrativas (como tirar basura donde no debe). También ayuda a la Secretaría del Medio Ambiente a sacar a personas y sus pertenencias de casas construidas en zonas no permitidas, como áreas de conservación o reservas naturales. Además, puede detener y llevar ante un juez a quienes cometan delitos contra el ambiente, sin importar otras sanciones que les pongan. La policía también recibe capacitación sobre el cuidado del ambiente y los animales, y colabora con otras autoridades para prevenir incendios forestales y proteger a los animales.