- Ley
- Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
- Artículo
- 34
Artículo 34 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La policía o autoridades de seguridad pueden hacer lo siguiente para prevenir delitos: 1. Juntar información sobre cómo operan los criminales y dónde cometen delitos. 2. Recibir reportes de la gente sobre zonas peligrosas o actividades sospechosas, sin que se sepa quién los reportó. 3. Investigar para evitar que se cometan delitos. 4. Vigilar más zonas donde haya mucha delincuencia. 5. Contarle al Ministerio Público (como un fiscal) sobre cualquier delito del que se enteren y darle toda la información que hayan obtenido. 6. Hacer acuerdos con otras autoridades (federales, estatales o municipales) para compartir información y trabajar juntos en estas tareas.
Texto oficial
Artículo 34.- El desarrollo de la función de inteligencia y de acciones preventivas, comprende las atribuciones siguientes: Implementar un sistema de acopio de información y datos relativos a incidencia delictiva, recursos, formas de operación y ámbitos de actuación de la delincuencia; Implementar un sistema de recepción de informes ciudadanos respecto a zonas o conductas criminógenas, que garantice el anonimato del informante, a efecto de orientar sus acciones; Realizar investigaciones para la prevención de los delitos; Llevar a cabo acciones especiales de vigilancia en aquellas zonas que por su índice delictivo lo requieran; Hacer del conocimiento del Ministerio Público los hechos delictivos de que tenga noticia, así como poner a su disposición los datos y elementos que hubiere recabado y que obren en su poder; Celebrar convenios, bases y otros instrumentos de coordinación y colaboración con instancias federales, estatales y municipales para el intercambio de información y participación conjunta en las acciones a que se refiere este artículo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.