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Ley
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las jefaturas importantes de la policía dependen de la Subsecretaría que señale el reglamento interno. Para ser jefe de alguna de estas áreas policiacas, necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano o mexicana y tener tus derechos políticos y civiles vigentes, tener mínimo 30 años, contar con un título universitario de al menos 5 años en una carrera relacionada con seguridad ciudadana (o tener 5 años de experiencia comprobable como directivo en alguna policía), tener buena reputación y no tener una condena firme por un delito grave (ni estar en un juicio penal por eso), y además pasar todas las evaluaciones que te pongan.

Texto oficial

Artículo 14.- Las Coordinaciones Generales, Direcciones Generales Regionales y Direcciones Ejecutivas Policiales se adscribirán a la Subsecretaría que determine el Reglamento Interior. Para ser titular de alguna de las Unidades Administrativas Policiales, se deberá cumplir con los requisitos siguientes: Ser de nacionalidad mexicana y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; Tener cuando menos treinta años de edad; Tener título profesional con antigüedad de cinco años, en carrera afín a la materia de seguridad ciudadana, o bien, contar con experiencia comprobable de por lo menos cinco años en funciones de dirección en Instituciones Policiales; Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por sentencia condenatoria ejecutoriada como responsable de un delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal, y Sujetarse y aprobar las evaluaciones correspondientes. CAPÍTULO VI BIS DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA DE GÉNERO

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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