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Ley
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la que manda y se hace responsable de la Policía de Proximidad, que son los agentes que andan cerca de la gente en las calles. Esta policía está formada por varios grupos, como los que previenen delitos, los que ayudan en eventos, los que controlan el tránsito, los que cuidan bancos y fábricas, los que vigilan el orden público, los que atienden a turistas, los que cuidan animales, y otros grupos especiales. También puede haber más cuerpos policiacos que se creen después según las reglas que apliquen.

Texto oficial

Artículo 18.- Bajo la responsabilidad y mando de la Secretaría se encuentra la Policía de Proximidad, la que se conforma a su vez por los siguientes cuerpos policiales: Policía Preventiva; Policía Auxiliar; Policía de control de Tránsito; Policía Bancaria e Industrial; Policía Cívica; Policía Turística; Policía de la Brigada de Vigilancia Animal; Cuerpos especiales, y Las demás que determine la normatividad aplicable.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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