- Ley
- Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 12 habla de un grupo especial dentro de un Tribunal, que se llama "Sección Especializada en Responsabilidades Administrativas". Este grupo está formado por 3 jueces (llamados Magistrados) de la Sala Superior, y ellos también forman parte del Pleno (que es la reunión de todos los jueces para tomar decisiones importantes). Además, el Presidente del Tribunal no puede ser juez de una sala normal o de esta sala especial, a menos que sea necesario para que haya suficientes jueces para sesionar (a eso se le llama "quórum"). En ese caso, él preside las reuniones. También puede ser presidente temporal de una sala si esa sala no puede elegir a su propio presidente, hasta que lo elijan.
Texto oficial
Artículo 12.- La Sección Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas se compondrá por tres personas Magistradas de la Sala Superior, quienes integrarán el Pleno General y Jurisdiccional. El Presidente del Tribunal no integrará Sala Ordinaria o Especializada, salvo cuando sea requerido para integrarla ante la falta de quórum, en cuyo caso presidirá las sesiones, o cuando alguna de las Salas se encuentre imposibilitada para elegir su Presidente, en cuyo caso el Presidente del Tribunal fungirá provisionalmente como Presidente, hasta que se logre la elección.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.