Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-tribunal-justicia-administrativa-nbspmexico/13
Ley
Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de  México.
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de  México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sesiones de las salas se hacen en público, y de cada una se escribe un acta (un resumen oficial de lo que pasó) y se graba todo lo que se dice (versión estenográfica). Si la ley dice que una sesión debe ser privada, solo se hace el acta y después se publica una versión sin datos personales o secretos. Eso significa que no se graba ni se difunde lo que se habló en privado, solo queda el resumen público. Así se asegura que la información importante esté disponible, pero se protege lo que debe quedar reservado. En pocas palabras, las juntas son abiertas a todos, pero si es un asunto privado, solo se comparte un reporte oficial.

Texto oficial

Artículo 13. Las Salas sesionarán públicamente, de las cuales se levantará Acta y se tomará versión estenográfica. De las sesiones privadas que así lo establezca la Ley, sólo se levantará Acta y se realizará versión pública de la misma. Capítulo IV De las atribuciones del Pleno General

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de  México. (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.