Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-tribunal-justicia-administrativa-nbspmexico/40
- Ley
- Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
- Artículo
- 40
Artículo 40 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Un Magistrado del Tribunal tiene que dejar el cargo si sufre una enfermedad física o mental que le impida hacer su trabajo. También se le retira forzosamente cuando cumple 70 años, sin importar cómo esté de salud.
Texto oficial
Artículo 40. Son causas de retiro forzoso de los Magistrados del Tribunal, padecer incapacidad física o mental para desempeñar el cargo, así como cumplir setenta años de edad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.