- Ley
- Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
- Artículo
- 41
Artículo 41 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jueces (Magistradas o Magistrados) tienen un tiempo límite en su cargo, ya sea porque se acaba su nombramiento o porque llegan a la edad máxima. La oficina encargada de la administración debe avisarle al Presidente del Tribunal con tres meses de anticipación. Luego, el Presidente le notifica esto a la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad. Finalmente, la Jefatura de Gobierno sigue lo que dice el artículo 37 de esta ley para decidir qué hacer.
Texto oficial
Artículo 41.Cuando las personas Magistradas estén por concluir el periodo para el que hayan sido nombradas o nombrados o estén por cumplir la edad prevista en el artículo anterior, el área operativa de administración lo hará saber a la persona titular de la Presidencia del Tribunal, con tres meses de anticipación, quien notificará esta circunstancia a la persona titular de la Jefatura de Gobierno quien procederá de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la presente ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.