- Ley
- Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
- Artículo
- 52
Artículo 52 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Secretario General de Acuerdos del Tribunal es como el "coordinador" que se encarga de que todo funcione en las reuniones importantes del Pleno (que es cuando todos los jueces se juntan a decidir). Entre sus tareas están: ponerse de acuerdo con el Presidente para fijar las fechas de las juntas, pasar lista de los temas a tratar y anotar los votos de cada juez para hacer el acta (el documento oficial de lo que se acordó). También revisa que las resoluciones estén bien escritas, firma junto con el Presidente los documentos finales, maneja la correspondencia del Pleno, organiza el orden en que los jueces presentan sus casos, cuida los archivos de la Sala Superior y puede sacar copias certificadas de los documentos que están guardados. Además, hace cualquier otra cosa que le pida la ley.
Texto oficial
Artículo 52. Corresponde al Secretario General de Acuerdos del Tribunal: Acordar con el Presidente del Tribunal la programación de las sesiones del Pleno General; Dar cuenta en las sesiones del Pleno General de los asuntos que se sometan a su consideración, tomar la votación de sus integrantes, formular el acta relativa y comunicar las decisiones que se acuerden; Revisar los engroses de las resoluciones del Pleno formulados por el Magistrado ponente, autorizándolos en unión del Presidente del Tribunal; Tramitar y firmar la correspondencia referente a las funciones del Pleno General, cuando ello no corresponda al Presidente del Tribunal; Llevar el turno de los Magistrados que deban formular ponencias para resolución del Pleno General; Dirigir los archivos de la Sala Superior; Dar fe y expedir certificados de las constancias contenidas en los expedientes que obran en la Sala Superior, y Las demás que le correspondan conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.