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Ley
Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de  México.
Artículo
53

Artículo 53 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de  México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Secretarios de Estudio y Cuenta son como los asistentes legales de un juez (Magistrado) de la Sala Superior. Su trabajo es ayudar al juez a redactar los borradores de las decisiones que les pida y firmar los documentos para confirmar que todo está en orden. También hacen gestiones o trámites fuera de las oficinas del tribunal cuando el juez se los encargue. Además, pueden dar fe (confirmar que un documento es verdadero) y sacar copias certificadas de los papeles que están en los expedientes a su cargo. Por último, deben hacer cualquier otra tarea que les indiquen las reglas aplicables.

Texto oficial

Artículo 53. Corresponde a los Secretarios de Estudio y Cuenta de la Sala Superior: Auxiliar al Magistrado al que estén adscritos en la formulación de los proyectos de resoluciones que les encomienden; Autorizar con su firma las actuaciones del Magistrado ponente; Efectuar las diligencias que les encomiende el Magistrado al que estén adscritos cuando éstas deban practicarse fuera del local de la Sala Superior; Dar fe y expedir certificados de las constancias que obren en los expedientes de la Ponencia a la que estén adscritos; Desempeñar las demás atribuciones que las disposiciones aplicables les confieran.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de  México. (pág. 1) ↗

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