- Ley
- Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
- Artículo
- 53
Artículo 53 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Secretarios de Estudio y Cuenta son como los asistentes legales de un juez (Magistrado) de la Sala Superior. Su trabajo es ayudar al juez a redactar los borradores de las decisiones que les pida y firmar los documentos para confirmar que todo está en orden. También hacen gestiones o trámites fuera de las oficinas del tribunal cuando el juez se los encargue. Además, pueden dar fe (confirmar que un documento es verdadero) y sacar copias certificadas de los papeles que están en los expedientes a su cargo. Por último, deben hacer cualquier otra tarea que les indiquen las reglas aplicables.
Texto oficial
Artículo 53. Corresponde a los Secretarios de Estudio y Cuenta de la Sala Superior: Auxiliar al Magistrado al que estén adscritos en la formulación de los proyectos de resoluciones que les encomienden; Autorizar con su firma las actuaciones del Magistrado ponente; Efectuar las diligencias que les encomiende el Magistrado al que estén adscritos cuando éstas deban practicarse fuera del local de la Sala Superior; Dar fe y expedir certificados de las constancias que obren en los expedientes de la Ponencia a la que estén adscritos; Desempeñar las demás atribuciones que las disposiciones aplicables les confieran.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.