- Ley
- Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
- Artículo
- 58
Artículo 58 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tribunal va a tener un área llamada Órgano Interno de Control, que se encarga de vigilar que todo funcione bien. La persona que esté a cargo debe ser alguien con título y cédula profesional, es decir, que tenga estudios y esté autorizada para ejercer su profesión. Esa persona la elige primero el Pleno del Tribunal por sugerencia de la Presidencia, y luego los diputados del Congreso de la Ciudad de México la tienen que aprobar con la mayoría de sus votos. Si no la aprueban, la Presidencia del Tribunal manda otra propuesta y se repite el proceso hasta que salga. El encargo dura cinco años y se puede extender otros cinco más, y esa persona tiene las facultades que le dan la ley y el reglamento.
Texto oficial
Artículo 58. El Tribunal contará con un Órgano Interno de Control, cuyo titular será una persona capacitada, titulada y con cedula que la habilite para el ejercicio de la profesión. La persona titular será designada por el Pleno General del Tribunal, a propuesta de la Presidencia, y ratificada por la mayoría calificada de las y los integrantes presentes del Congreso de la Ciudad de México; en caso de que la propuesta no alcance la mayoría calificada la Presidencia del Tribunal enviará una nueva propuesta, la cual deberá de ser sometida de nuevo a votación y ratificada por la mayoría calificada del Congreso y así de manera sucesiva. La persona titular del Órgano Interno de Controldurará en su encargo cinco años, que podrá ser prorrogable hasta por un periodo igual y tendrá las facultades que le confieren la presente Ley y su Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.