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Ley
Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
132

Artículo 132 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Vigilancia es el grupo encargado de revisar que el dinero autorizado se use bien, que la obra avance y que tenga buena calidad. Para eso, le pide informes al Comité de Ejecución, que es el que organiza la obra. Si alguien no cumple, hace trampa o usa mal el dinero de los proyectos de presupuesto participativo (el fondo que la gente decide cómo gastar en su colonia), la Secretaría de la Contraloría (la dependencia que fiscaliza) investigará a los responsables siguiendo el procedimiento administrativo de la Ciudad de México. Si parece que hubo un delito, daño a alguien o algún problema legal, la Contraloría llevará el caso ante las autoridades correspondientes, como un juez o ministerio público. En pocas palabras, se considera mal uso de los recursos cuando el dinero no se gasta únicamente en lo necesario para hacer los proyectos que la comunidad eligió.

Texto oficial

Artículo 132. El Comité de Vigilancia, se encarga de verificar la correcta aplicación del recurso autorizado, el avance y la calidad de la obra, mediante la solicitud de los informes al Comité de Ejecución. En caso de incumplimiento, irregularidad o mal uso de los recursos en la ejecución de los proyectos de presupuesto participativo, la Secretaría de la Contraloría requerirá a los integrantes de los Comités en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. En caso de que se presuma la posible responsabilidad civil, penal o de cualquier otro tipo de índole jurídico, la Secretaría de la Contraloría promoverá ante las instancias correspondientes los procedimientos jurídicos aplicables. Para efectos del presente artículo se considera que hay incumplimiento, irregularidad o mal uso de los recursos, cuando estos no se destinen exclusivamente a las actividades necesarias para la ejecución de los proyectos de presupuesto participativo.

Ver texto oficial de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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