- Ley
- Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
- Artículo
- 151
Artículo 151 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un proyecto o una obra afecta a varias alcaldías o es importante para toda la Ciudad de México, quien se encarga de informar a la gente son las oficinas del gobierno central, no una alcaldía en particular. En pocas palabras, cuando el asunto es de todos, el gobierno de la Ciudad es el responsable de avisarle a la población.
Texto oficial
Artículo 151. En las obras que impliquen más de una demarcación territorial, así como las que sean del interés de toda la Ciudad, la difusión estará a cargo de las dependencias de la administración pública de la Ciudad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.