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Ley
Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
160

Artículo 160 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica que los Observatorios Ciudadanos son grupos de personas de la sociedad civil (no del gobierno) que se juntan para analizar temas importantes como seguridad, salud, medio ambiente o presupuesto. Su objetivo es vigilar que el gobierno haga bien su trabajo, proponer mejoras y mantener informada a la gente. También sirven para que tú puedas participar más en las decisiones que afectan tu vida diaria, ayudando a que los intereses de todos estén más equilibrados. En pocas palabras, son como un ojo ciudadano que revisa cómo se gasta el dinero público y cómo se manejan los asuntos que te importan.

Texto oficial

Artículo 160. Los Observatorios Ciudadanos constituyen órganos plurales y especializados de participación que contribuyen al fortalecimiento de las políticas y las acciones de los órganos de gobierno en busca del beneficio social. Los observatorios ciudadanos tienen como objetivos: Promover y canalizar la reflexión, el análisis y la construcción de propuestas en torno a las diferentes políticas y temas de la vida pública, haciendo posible una mayor corresponsabilidad entre el gobierno y la ciudadanía, armonizando con ello los intereses individuales y colectivos; Vigilar, recopilar, analizar y difundir información relativa a temas como planeación, transparencia, seguridad ciudadana, cultura, salud, movilidad, espacio público, medio ambiente, democracia, gestión pública, desarrollo económico y vivienda, igualdad de género, violencia de género y violencia política, ejercicio del presupuesto, protección civil, compras públicas, desarrollo urbano o cualquier otro asunto de trascendencia para la sociedad, con la finalidad de incidir en las políticas públicas y en programas de gobierno; Monitorear, evaluar o controlar un fenómeno social de carácter público de trascendencia general; Servir de apoyo especializado para la realización de otros mecanismos de democracia directa e instrumentos democracia participativa.

Ver texto oficial de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.