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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-participacion-ciudadana/165
Ley
Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
165

Artículo 165 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las Alcaldías tienen que hacer recorridos por las colonias y barrios para escuchar las quejas y sugerencias de la gente sobre cómo mejorar los servicios públicos, como el agua, la luz o la basura, y revisar el estado de parques, calles y otros espacios que les importen a los vecinos. Si tú como ciudadano quieres que se haga uno de estos recorridos, puedes pedírselo a la Alcaldía, y ellos están obligados a responderte por escrito y a través de la página de internet del Gobierno de la Ciudad, diciéndote el día y la hora exacta en que se va a realizar. Durante el recorrido, si la autoridad ve que hace falta y la gente lo pide, puede decidir hacer una audiencia pública, que es una reunión abierta para que todos participen.

Texto oficial

Artículo 165. Las personas Titulares de las Alcaldías tienen la obligación de realizar recorridos barriales a fin de recabar opiniones y propuestas de mejora o solución a los problemas de la comunidad, sobre la forma y las condiciones en que se prestan los servicios públicos y el estado en que se encuentren los sitios, obras e instalaciones en que la comunidad tenga interés. La Ciudadanía podrá también solicitar a la Alcaldía la realización de recorridos barriales, la cual deberá dar respuesta a las solicitudes de manera escrita, y por medio de la plataforma digital del Gobierno de la Ciudad, señalando la fecha y hora en la que se realizará el recorrido. La autoridad correspondiente, durante la realización de un recorrido, podrá acordar, basado en la necesidad y peticiones que oiga, que se realice una audiencia pública.

Ver texto oficial de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.