- Ley
- Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Interinstitucional es un grupo de varias dependencias del gobierno que se junta para tomar decisiones, dar opiniones, revisar cómo van los planes y asegurarse de que se cumplan las reglas. Está formada por los jefes de áreas como la Jefatura de Gobierno, las secretarías de Cultura, Educación, Medio Ambiente, entre otras, y la Procuraduría Ambiental de la Ciudad de México. Además, deben invitar a institutos federales como el INAH o el INBAL, pero ellos solo pueden opinar, no votar. También deben llamar a las Alcaldías que estén involucradas en los temas que se traten, y estas sí pueden opinar y votar. Nadie que participe en esta comisión recibe sueldo extra o regalos por formar parte de ella, es un trabajo voluntario.
Texto oficial
Artículo 18. La Comisión Interinstitucional, es un órgano colegiado, de coordinación entre autoridades, con funciones deliberativas administrativas de decisión, de propuesta, asesoramiento, seguimiento, evaluación y control. Estará integrada por las personas titulares de las siguientes dependencias, organismos y entidades de la administración pública: Jefatura de Gobierno; Secretaría de Administración y Finanzas; Secretaría de Cultura; Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda; Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; Secretaría de Gobierno; Secretaría de Medio Ambiente; Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes; Secretaría de Turismo; y Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México. La Comisión Interinstitucional, deberá convocar a sus sesiones al Instituto Nacional de Antropología e Historia, al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, quienes tendrán derecho a voz. Asimismo, deberá invitar a la o las Alcaldías involucradas en los temas de interés para su demarcación territorial, teniendo derecho a voz y voto. La participación en la Comisión será de carácter honorífico, por lo que las personas integrantes no recibirán ninguna contraprestación económica o material.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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