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Ley
Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Interinstitucional (un grupo de expertos de varias dependencias) va a crear su propio reglamento interno, que es como su manual de operación. Ahí van a escribir cómo va a funcionar, cómo se van a llevar a cabo sus juntas y en qué condiciones esas juntas serán válidas. Así que ellos mismos deciden las reglas para trabajar y votar.

Texto oficial

Artículo 22. La Comisión Interinstitucional elaborará su reglamento interior, en el cual se definirá su funcionamiento, el desarrollo de sus sesiones y la validez de éstas.

Ver texto oficial de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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