- Ley
- Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Interinstitucional (un grupo de expertos de varias dependencias) va a crear su propio reglamento interno, que es como su manual de operación. Ahí van a escribir cómo va a funcionar, cómo se van a llevar a cabo sus juntas y en qué condiciones esas juntas serán válidas. Así que ellos mismos deciden las reglas para trabajar y votar.
Texto oficial
Artículo 22. La Comisión Interinstitucional elaborará su reglamento interior, en el cual se definirá su funcionamiento, el desarrollo de sus sesiones y la validez de éstas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.