Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-planeacion-demografica-estadistica-poblacion-distrito-federal/50
Ley
Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal
Artículo
50

Artículo 50 de la Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud tiene la tarea de hacer campañas y acciones para que las personas puedan decidir de forma responsable cuándo ser madres o padres. También debe capacitar a su propio personal y crear materiales informativos sobre temas de salud. Tiene que ayudar a difundir los mensajes del Consejo de Población usando los medios de comunicación que tenga a su alcance. Además, debe trabajar para que tanto los derechohabientes como la población en general tengan una cultura de salud que ayude a su desarrollo. Por último, debe colaborar con el Consejo para hacer estudios sobre la población joven de la Ciudad de México y para crear una estrategia que prevenga el embarazo adolescente.

Texto oficial

ARTÍCULO 50.- Son atribuciones de la Secretaría de Salud en materia de población, las siguientes: Realizar acciones de salud con el propósito de impulsar y promover la maternidad y paternidad responsable; Fomentar la capacitación al personal a su cargo y elaborar material de apoyo, sobre temas de salud Participar y apoyar las campañas de difusión del Consejo, utilizando oportunamente los canales de comunicación y distribución de que dispone; Fortalecer los objetivos institucionales del Consejo en lo referente a los derechohabientes y población abierta para impulsar una auténtica cultura de salud que propicie el desarrollo; y Coadyuvar con el Consejo para la elaboración estudios y planes demográficos específicos sobre la población joven del Distrito Federal, así como para elaborar la Estrategia de Prevención de Embarazo Adolescente de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Planeación Demográfica y Estadística para la Población del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.