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Ley
Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que evitar el VIH/SIDA es parte de cuidar la salud de todos. Para lograrlo, se busca que tú y tu comunidad aprendan más sobre el tema, cambien actitudes y se involucren en cuidarse a sí mismos y a los demás. También se menciona que se harán pruebas rápidas de VIH para detectar casos y reducir los contagios. Esas pruebas deben hacerse con una plática previa (consejería) y siguiendo las reglas oficiales de México. Se le dará prioridad a grupos más afectados, como hombres que tienen sexo con hombres, personas trans, trabajadores sexuales, quienes usan drogas inyectables, reos, víctimas de violencia sexual, gente en situación de calle, embarazadas y parejas donde uno tiene VIH y el otro no.

Texto oficial

Articulo 13. La prevención del VIH/SIDA debe considerarse en el marco de la promoción de la salud como un proceso para evitar su transmisión en la población, mediante el fortalecimiento de conocimientos, aptitudes, actitudes y hábitos de las personas y la comunidad para participar corresponsablemente en el autocuidado, el cuidado colectivo y la construcción de una sociedad saludable y libre del VIH/SIDA. En la búsqueda por disminuir la incidencia de transmisión del VIH entre la población se aplicarán las pruebas rápidas. La prueba debe realizarse previa consejería y atendiendo la Norma Oficial Mexicana al respecto. En su aplicación debe atenderse de manera prioritaria a las poblaciones más afectadas: hombres que tienen sexo con hombres (HSH), población trans, personas dedicadas al trabajo sexual, personas usuarias de drogas inyectables, personas privadas de la libertad, víctimas de violencia sexual, personas en situación de calle, mujeres embarazadas y parejas serodiscordantes.

Ver texto oficial de la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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