Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-prevenir-violencia-espectaculos-deportivos/5
Ley
Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 5 dice que todo lo que pasa en los partidos o eventos deportivos se maneja con tres ideas principales. La primera es que tanto las autoridades, como el público, los dueños del evento y los jugadores, deben cooperar para que todo sea tranquilo y sin violencia. La segunda es que hay que fomentar el respeto, evitar cualquier discriminación y aceptar cómo convivimos entre las personas. La tercera es que siempre debe importar más el bienestar de todos y la dignidad de cada persona, por encima de otros intereses.

Texto oficial

Artículo 5.- Las conductas realizadas en torno a la celebración de Espectáculos deportivos se rigen por los siguientes principios: La corresponsabilidad de las autoridades, personas espectadoras, titulares y participantes en la celebración armoniosa y libre de violencia de los espectáculos deportivos; La promoción de la cultura de la no violencia y discriminación, la tolerancia a las formas de convivencia humana; y La prevalencia del interés público y la dignidad humana.

Ver texto oficial de la Ley para Prevenir la Violencia en los Espectáculos Deportivos en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.