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Ley
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Artículo
17

Artículo 17 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dejas un coche, un puesto o cualquier cosa en la vía pública sin permiso, el gobierno de la Ciudad de México te puede avisar primero para que lo retires por tu cuenta. Si no estás presente o te niegas a hacerlo en el tiempo que te den, las autoridades pueden quitarlo, pero tú tendrás que pagar los gastos que eso les haya costado. Si después resulta que la acción del gobierno fue ilegal, ellos te tienen que regresar el dinero que te cobraron, según las reglas del código fiscal de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 17.- La ejecución directa del acto por la Administración Pública de la Ciudad de México, será admisible cuando se trate de retirar obstáculos, vehículos o cualesquiera otros efectos o bienes irregularmente colocados, ubicados o asentados en bienes del dominio público de la Ciudad de México. En estos casos deberá hacerse un previo apercibimiento al propietario, poseedor o tenedor de la cosa, si éste estuviere presente en el lugar en tal momento, para que lo retire con sus propios medios; sí éste no estuviere presente, o si estándolo se negara a cumplir el acto o no lo cumpliere dentro de un plazo razonable que se le fijará al efecto, podrá procederse a la ejecución del acto que ordena su remoción quedando obligado el propietario, poseedor o tenedor a pagar los gastos de ejecución en que hubiere incurrido la Administración Pública de la Ciudad de México. Cuando el acto que se ejecute directamente fuere invalidado por autoridad competente, corresponderá a la Administración Pública de la Ciudad de México restituir lo que hubiere cobrado de gastos de ejecución en los términos previstos por el Código Fiscal de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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