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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procedimiento-administrativo/31
Ley
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Artículo
31

Artículo 31 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas de esta sección aplican cuando el gobierno de la Ciudad de México haga algo que te afecte directamente como persona. Eso incluye cualquier trámite o decisión oficial, como cuando te dan un permiso o te exigen algo. Si un servidor público no sigue estas reglas, será responsable y se le castigará conforme a la ley de responsabilidades.

Texto oficial

Artículo 31.- Las disposiciones de este Título se aplicarán a los actos que desarrolle la Administración Pública de la Ciudad de México ante los particulares, cuando los actos jurídicos que inicien, integren o concluyan el procedimiento administrativo produzcan efectos en su esfera jurídica. El incumplimiento de las disposiciones previstas en este ordenamiento dará lugar a la responsabilidad del servidor público, en los términos de la Ley de Responsabilidades.

Ver texto oficial de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.