- Ley
- Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 101 Ter
Artículo 101 Ter de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema de Justicia Digital Electoral es un conjunto de herramientas digitales, como programas de computadora y sistemas de comunicación en línea, que el Tribunal Electoral compra o crea para que tú puedas resolver problemas electorales sin tener que ir físicamente a una oficina. Su objetivo es que, desde tu casa o donde estés, puedas acceder a la justicia electoral de manera más fácil y rápida usando internet o aparatos electrónicos. En pocas palabras, es una opción para que los ciudadanos, como tú, puedan hacer trámites o quejas electorales por medios digitales, sin necesidad de papeleo o visitas presenciales.
Texto oficial
Artículo 101 Ter. El Sistema de Justicia Digital Electoral se integrará por las herramientas informáticas y soluciones digitales de comunicación e información que al efecto el Tribunal Electoral adquiera o desarrolle, con el fin de constituir un sistema que funja como una opción de acceso a la justicia para la ciudadanía.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.