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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procesal-electoral/101%20Ter
Ley
Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
101 Ter

Artículo 101 Ter de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema de Justicia Digital Electoral es un conjunto de herramientas digitales, como programas de computadora y sistemas de comunicación en línea, que el Tribunal Electoral compra o crea para que tú puedas resolver problemas electorales sin tener que ir físicamente a una oficina. Su objetivo es que, desde tu casa o donde estés, puedas acceder a la justicia electoral de manera más fácil y rápida usando internet o aparatos electrónicos. En pocas palabras, es una opción para que los ciudadanos, como tú, puedan hacer trámites o quejas electorales por medios digitales, sin necesidad de papeleo o visitas presenciales.

Texto oficial

Artículo 101 Ter. El Sistema de Justicia Digital Electoral se integrará por las herramientas informáticas y soluciones digitales de comunicación e información que al efecto el Tribunal Electoral adquiera o desarrolle, con el fin de constituir un sistema que funja como una opción de acceso a la justicia para la ciudadanía.

Ver texto oficial de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.