- Ley
- Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 63
Artículo 63 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tribunal puede avisarte sobre sus decisiones a cualquier hora, ya sea durante una elección o en procesos como consultas ciudadanas. Esto significa que no hay un horario fijo para recibir notificaciones; pueden llegar incluso en la noche o en días festivos. La razón es que los plazos electorales son muy justos y necesitan resolverse rápido. Así que estate atento, porque el aviso puede llegar cuando menos lo esperes.
Texto oficial
Artículo 63. El Tribunal podrá notificar sus resoluciones a cualquier hora, dentro del proceso electoral o de los procesos de participación ciudadana.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.