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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-programa-derechos-humanos-distrito-federal/1
Ley
Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Artículo
1

Artículo 1 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todos en la Ciudad de México y su objetivo es crear un plan para que se respeten los derechos humanos de todas las personas que viven o andan por la ciudad. También sirve para que las autoridades tomen decisiones pensando siempre en esos derechos. Los beneficios de esta ley son para cualquier persona, grupo o comunidad que esté en la Ciudad de México. Quienes tienen que cumplirla son el gobierno de la ciudad (sus oficinas y empresas), los jueces del Tribunal Superior de Justicia y los diputados de la Asamblea Legislativa.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el Distrito Federal y tiene por objeto establecer las bases para la elaboración y actualización del Diagnóstico y el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, su implementación, seguimiento y evaluación, así como establecer las bases de las políticas públicas con enfoque de derechos humanos en el Distrito Federal. Los beneficios que se deriven de esta Ley serán aplicables a todas las personas, grupos y colectivos sociales que habiten o transiten en el Distrito Federal. La aplicación de la presente Ley corresponde, en el ámbito de su competencia, a la Administración Pública centralizada y descentralizada del Distrito Federal, así como al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Ver texto oficial de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.