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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-programa-derechos-humanos-distrito-federal/16
Ley
Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Mecanismo es como el equipo encargado de vigilar que se cumpla el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México. Este equipo tiene tres partes: un Comité que revisa y califica cómo va el Programa, lugares donde cualquier persona puede opinar o participar para darle seguimiento, y una Secretaría que se encarga de la chamba diaria, como organizar juntas y papeles.

Texto oficial

Artículo 16.- El Mecanismo estará conformado por: Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal; Espacios de participación para el seguimiento del Programa, y Secretaría Ejecutiva.

Ver texto oficial de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.