- Ley
- Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los derechos humanos deben ser la base de todo lo que haga el gobierno de la Ciudad de México. Cuando planeen, hagan, supervisen o evalúen sus programas, o cuando decidan en qué gastar el dinero público, tienen que tener como prioridad proteger y promover los derechos humanos. También significa que todas las dependencias y servidores públicos están obligados a respetar, defender y hacer realidad esos derechos en todo lo que hagan, según lo que les corresponda hacer. En pocas palabras, el gobierno no puede tomar decisiones o acciones que vayan en contra de los derechos humanos.
Texto oficial
Artículo 9.- Los derechos humanos son el fundamento para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en el Distrito Federal así como para la planeación, programación y presupuestación de los recursos públicos destinados a su cumplimiento; por lo tanto, los programas, acciones y prácticas de los entes públicos asegurarán el reconocimiento, la promoción, concreción, protección y defensa de los mismos, de conformidad con sus competencias y atribuciones, así como para el cumplimiento de la presente Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.