Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-proteccion-atencion-asistencia-vicitimas-delitos-materia-trata/21
Ley
Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El encargado de la Secretaría de Gobierno tiene varias tareas importantes. Una es tomar la jefatura de un grupo de trabajo (la Comisión Interinstitucional) cuando el Jefe de Gobierno no esté disponible. También debe asegurarse de que se cumplan ciertas leyes y normas que hablan sobre la prevención de delitos. Otra de sus labores es mejorar la coordinación entre la Ciudad de México y los municipios de alrededor, y hacer acuerdos para evitar que se cometan delitos. Además, dentro de las cárceles y centros para jóvenes, puede ordenar las medidas necesarias para prevenir que se comentan delitos.

Texto oficial

Artículo 21. Corresponde a la persona titular de la Secretaría de Gobierno: Presidir la Comisión Interinstitucional en las ausencias de la Jefatura de Gobierno; Vigilar el cumplimiento de la Ley General, el presente ordenamiento, así como demás normas que se expidan con motivo de su entrada en vigor; Fortalecer la coordinación de la Ciudad de México con la zona metropolitana e impulsar convenios tendientes a la prevención de los delitos contenidos en la Ley General; Dictar las medidas administrativas necesarias para prevenir la comisión de los delitos contenidos en la Ley General al interior de los centros de reinserción social, así como en las comunidades para adolescentes; y Las demás atribuciones establecidas en las Leyes Generales, el presente ordenamiento, la Ley de Víctimas y demás normas aplicables.

Ver texto oficial de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.