- Ley
- Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría puede investigar cuando alguien presente una queja ciudadana, pero también puede actuar por su cuenta en casos de emergencia, incluso sin queja de por medio, y entregar a los infractores a las autoridades. Si alguien tiene animales silvestres en cautiverio o en peligro sin los permisos necesarios, la Procuraduría debe avisar a las autoridades federales. También debe reportar a quienes vendan fauna silvestre o sus partes sin autorización. Puede dar recomendaciones para que se cumpla la ley y, si es necesario, aplicar sanciones; para eso puede coordinarse con la Agencia. Debe fomentar que la gente participe para promover el cuidado y la protección de los animales, a través de grupos ciudadanos y eventos de difusión. Tiene que revisar y sancionar a los negocios que no cumplan con lo que dice el artículo 28 bis de esta ley y su reglamento, en coordinación con otras autoridades.
Texto oficial
Artículo 11.- Son facultades de la Procuraduría: Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley y demás ordenamientos que emanen de ella, derivadas de la presentación de denuncia ciudadana, y cuando los hechos ameriten su participación tratándose de alguna emergencia, aún sin mediar denuncia interpuesta y poner a disposición de las autoridades competentes a quién infrinja las disposiciones de la presente Ley; Dar aviso a las autoridades federales competentes, cuando la tenencia de alguna especie de fauna silvestre en cautiverio o cuando se trate de especies bajo algún estatus de riesgo, no cuenten con el registro y la autorización necesaria de acuerdo a la legislación aplicable en la materia, así como a quienes vendan especies de fauna silvestre, sus productos o subproductos, sin contar con las autorizaciones correspondientes; Emitir recomendaciones en las materias derivadas de la presente Ley, con el propósito de promover el cumplimiento de sus disposiciones y sancionar cuando corresponda; en su caso, la Procuraduría podrá coordinarse con la Agencia para la emisión de recomendaciones; Promover la participación ciudadana a través de sus órganos de representación ciudadana e instrumentos de participación, a fin de difundir la cultura y la protección a los animales; Fracción reformada G.O.C.D.M.X 27/03/24 Supervisar y verificar en coordinación con las autoridades competentes, así como sancionar en materia de la presente ley, a los establecimientos que incumplan con lo señalado en el artículo 28 bis de la presente Ley, así como lo establecido en el Reglamento; Fracción reformada G.O.C.D.M.X 27/03/24 En los casos en que no sea de su competencia, canalizar a la autoridad competente las denuncias recibidas; y Fracción reformada G.O.C.D.M.X 27/03/24 Las demás que esta Ley y ordenamientos jurídicos aplicables les confieren. Fracción adicionada G.O.C.D.M.X 27/03/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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