- Ley
- Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
- Artículo
- 78
Artículo 78 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de Gobierno de la Ciudad de México va a crear programas o apoyos económicos (como descuentos o beneficios) para que tanto personas como empresas que crían animales o dan servicios relacionados con ellos, se porten bien y cuiden a los animales. También va a dar estímulos (como ventajas en impuestos o trámites) a las asociaciones de protección animal que estén registradas, para que puedan hacer más campañas de cuidado, educación e investigación sobre los animales. Todo esto lo hará siguiendo las reglas de dinero, impuestos y presupuesto que ya existen. La idea es que tanto negocios como organizaciones trabajen juntos por el bienestar de los animales.
Texto oficial
Artículo 78. La persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México conforme a lo previsto por la normatividad fiscal, administrativa y presupuestal aplicable, emitirá los instrumentos económicos que incentiven y faciliten el cumplimiento de los objetivos de la política de protección y bienestar animal y, mediante los cuales, se buscará: Promover un cambio en la conducta de las personas físicas y morales que realicen actividades de crianza, mercantiles y de servicios, de tal manera que sus intereses sean compatibles con los intereses colectivos de protección y bienestar animal; y Incentivar y facilitar a las asociaciones u organizaciones legalmente constituidas y registradas para que realicen acciones para la protección de los animales y programas de educación, investigación y difusión en la materia, mediante el otorgamiento de estímulos fiscales, financieros y administrativos. Artículo adicionado G.O. C.D.M.X07/06/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.