- Ley
- Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI+ de la Ciudad de México
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI+ de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México tiene la obligación de fortalecer un área especial para atender a personas de la comunidad LGBTTTI+. También debe proteger legalmente a quienes sean víctimas de cualquier delito, recibir quejas o denuncias por violaciones a sus derechos, y si es necesario, tomar acciones legales en casos de maltrato, abuso o explotación. Además, tiene que buscar soluciones familiares por la vía del diálogo cuando no sean delitos graves, y asegurarse de que se reparen los derechos de las personas LGBTTTI+. Por último, debe capacitar constantemente a su personal para dar una mejor atención a esta comunidad.
Texto oficial
Artículo 24. Corresponde a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México: Fortalecer la Agencia Especializada en Atención a Personas Integrantes de la población LGBTTTI+, conforme los preceptos de la presente Ley; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 La atención y protección jurídica de las personas LGBTTTI+ víctimas de cualquier delito; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 La atención y seguimiento de quejas, denuncias e informes, sobre la violación de los derechos de las personas LGBTTTI+ y de ser procedente ejercitar las acciones legales correspondientes de cualquier caso de maltrato, lesiones, abuso físico o psíquico, sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación o trata, y en general cualquier delito que perjudique a las personas LGBTTTI+; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Promover, mediante la vía conciliatoria, de la solución a la problemática familiar, cuando no se trate de delitos tipificados por el Código Penal o infracciones previstas en la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación; Garantizar a las personas LGBTTTI+ la reparación de sus derechos violados, de conformidad con los procedimientos establecidos en la legislación vigente; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Capacitar progresiva y constantemente al personal que labora en la Fiscalía para brindar atención a las personas LGBTTTI+, y Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Las demás que le confieran otros ordenamientos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.