- Ley
- Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
- Artículo
- 117
Artículo 117 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Se crea una nueva oficina llamada Instituto para el Envejecimiento Digno, que dependerá directamente de la Secretaría correspondiente. Su función será dar apoyo técnico y operativo para que todo funcione bien en temas relacionados con las personas mayores. Básicamente, es un área especializada que ayudará a poner en marcha programas y acciones para que los adultos mayores tengan una vida digna. No toma decisiones por sí sola, sino que opera como un equipo de respaldo dentro del gobierno.
Texto oficial
Artículo 117. Se crea el Instituto para el Envejecimiento Digno el cual será una unidad administrativa de apoyo técnico operativo, adscrita a la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.