- Ley
- Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas mayores tienen derecho a que se les trate con respeto y a vivir con dignidad, igual que cualquier otra persona en México. También tienen derecho a tener una muerte digna, siguiendo las leyes que ya existen sobre cuidados médicos y la voluntad de cada quien. Para que puedan disfrutar de estos derechos, se les debe dar acceso a cuidados completos y a cuidados paliativos (que alivian el dolor y el sufrimiento), y apoyar a quienes tienen miedo a morir cuando están enfermos de gravedad. El gobierno debe asegurarse de que reciban servicios rápidos, preferentes, fáciles de usar y que se adapten a sus necesidades, sobre todo si son más vulnerables y necesitan ayuda para hacer actividades básicas como comer, vestirse o moverse.
Texto oficial
Artículo 13. Las personas mayores tienen derecho a una vida digna y el derecho a vivir con dignidad en la vejez, mismos que serán respetados, reconocidos y protegidos en condiciones de igualdad con otros sectores de la población. Las personas mayores tienen derecho a una muerte digna de conformidad con lo establecido en la Constitución Política, Ley General de Salud, la Ley de Salud de la Ciudad de México, la Ley de Voluntad Anticipada vigente de la Ciudad de México y demás ordenamientos aplicables en la materia. Párrafo reformado G.O. CDMX 24/12/25 Para garantizar el pleno ejercicio de estos derechos, se deberá́ favorecer su acceso a los cuidados integrales y a los cuidados paliativos y manejar apropiadamente los problemas relacionados con el miedo a la muerte de los enfermos terminales. Los Poderes Públicos en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán y promoverán que, mediante servicios ágiles, preferenciales, eficientes, diferenciados y accesibles, se atiendan las necesidades de las personas mayores, principalmente aquellas que, por encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar actividades esenciales de la vida diaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.