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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
143

Artículo 143 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la Ciudad se reconoce que las personas de diferentes edades dependen unas de otras y se benefician mutuamente. Por eso, todas las autoridades deben fomentar que jóvenes, adultos y mayores se ayuden y convivan entre sí, a eso se le llama Solidaridad Intergeneracional. Esto significa que al crear leyes, programas o acciones de gobierno, se tiene que tomar en cuenta cómo mejorar la relación entre generaciones. Esto se debe impulsar en todos lados, pero sobre todo en la familia y la comunidad, porque ahí es donde normalmente las personas se cuidan y apoyan sin que sea un trabajo formal.

Texto oficial

Artículo 143. En la Ciudad se reconocen las sinergias y la interdependencia que existe entre las personas integrantes de diversas generaciones. En consecuencia, todas las autoridades están obligadas a promover en su respectivo ámbito de competencias la Solidaridad Intergeneracional, la cual constituye una herramienta para fortalecer la convivencia entre grupos sociales y personas de diferentes edades y generaciones, la cual se deberá considerar en la formulación e implementación de políticas públicas e institucionales. La Solidaridad Intergeneracional se promoverá en todos los espacios de convivencia, pero fundamentalmente en el seno de la familia y de la comunidad, al ser la base de la protección social y de los cuidados informales que se deben proporcionar entre las generaciones.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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