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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
144

Artículo 144 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Integral (que es una especie de organismo creado por esta ley) tiene la misión de que los jóvenes y las personas mayores se apoyen entre sí en todos los ámbitos, como el trabajo, la escuela, el deporte o la cultura. También debe asegurarse de que los grupos más rechazados o ignorados participen en estas actividades y se quiten las trabas que los separan del resto. Además, debe promover que tratemos bien a los adultos mayores, los valoremos y vivamos en paz, para que dejemos de verlos con malos ojos o con ideas falsas sobre lo que significa ser viejo o envejecer.

Texto oficial

Artículo 144. El Sistema Integral impulsará consolidar y robustecer la solidaridad intergeneracional en todas las actividades públicas y privadas, ya sean académicas, educativas, laborales, culturales, deportivas, entre otras, en diversos escenarios de encuentro o colaboración favoreciendo la inclusión de los grupos sociales más marginados y la eliminación de las barreras que existen entre ellos. Asimismo, impulsará la construcción de una cultura del buen trato, la paz y revalorización de las personas mayores, abonando a la eliminación de estigmas y prejuicios relacionados con la vejez y el envejecimiento. TÍTULO SEXTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE LEY CAPÍTULO ÚNICO DE LAS RESPONSABILIDADES

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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