- Ley
- Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno y las alcaldías tienen que hacer cosas para que las personas mayores puedan sentirse realizadas, tomar sus propias decisiones y hacer las cosas por su cuenta. También deben asegurarse de que, tanto en su familia como en su comunidad, los adultos mayores puedan escoger libremente dónde vivir y con quién, sin que nadie los presione a llevar un estilo de vida que no quieran. Además, les tienen que informar y ayudar a usar los trámites o las demandas legales que necesiten para defender su derecho a decidir por sí mismos.
Texto oficial
Artículo 16. La Administración Pública y las alcaldías desarrollarán acciones que propicien la autorrealización de las personas mayores, el respeto a la autonomía en la toma de decisiones e independencia en la realización de los actos que ejecuten o los involucren. Promoverán que en el seno familiar y de la comunidad puedan elegir su lugar de residencia y con quién vivir de manera libre o decidir sobre su ingreso a una residencia de estadía o a una institución de cuidado, sin sufrir presiones ocasionadas por un arreglo a un sistema de vida específico. De igual forma se promoverán el conocimiento y acceso a los mecanismos administrativos y judiciales para garantizar la autonomía en la toma de decisiones de las personas mayores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.