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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
15

Artículo 15 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la Ciudad, las personas mayores tienen derecho a vivir solas (si así lo quieren), tomar sus propias decisiones y elegir cómo quieren vivir su vida, según sus gustos, costumbres y creencias, al igual que cualquier otra persona. Las autoridades deben ayudar a que las personas mayores sean independientes, y también dar apoyo a quienes ya no pueden valerse por sí mismas. Si una persona mayor necesita que alguien más cuide de ella, ella puede decidir quién será esa persona y cómo quiere que la atiendan. También tienen derecho a manejar su dinero y sus cosas como quieran; si necesitan ayuda para eso, las autoridades deben darles el apoyo necesario para que puedan decidir libremente.

Texto oficial

Artículo 15. En la Ciudad las personas mayores tienen derecho a vivir con independencia y tomar sus propias decisiones, así como definir su plan de vida y desarrollarlo de manera autónoma, acorde a su voluntad, preferencias, tradiciones y creencias, en igualdad de condiciones que cualquier persona. Las autoridades de la Ciudad promoverán la autonomía personal, así como los apoyos necesarios para aquellas personas mayores que se encuentren en alguna situación de dependencia. Las personas mayores tienen derecho a decidir respecto de su persona, así́ como respecto de la tutela que deban recibir en caso de vivir con alguna condición que le genere dependencia. Asimismo, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos patrimoniales, estando las autoridades obligadas a instrumentar ayudas a quienes lo requieran para decidir libremente respecto la forma de disposición de los mismos.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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