- Ley
- Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que las autoridades van a ayudar a las personas mayores a organizarse entre ellas. Esas acciones incluyen darles orientación, información y capacitación, para que puedan formar grupos, asociaciones o redes sociales. Así pueden apoyarse entre sí, resolver sus problemas, defender lo que les importa y compartir lo que saben. En pocas palabras, el gobierno les da herramientas para que se unan y se ayuden como comunidad.
Texto oficial
Artículo 24. Las autoridades antes señaladas generarán acciones enfocadas a brindar orientación, información, asistencia técnica y capacitación para que las personas mayores constituyan asociaciones, organizaciones, redes sociales o grupos de auto-ayuda encaminados a fortalecer su activismo, atender sus problemas y necesidades, defender sus intereses y en las que se posibilite la trasmisión de sus conocimientos y experiencias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.