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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las alcaldías, junto con el Instituto, van a impulsar la creación de Redes de Integración Comunitaria enfocadas en los adultos mayores. El objetivo de estas redes es que las personas mayores se conecten con los vecinos de su colonia o comunidad, para ayudarse entre sí, hacer amistades, atenderse cuando tengan necesidades específicas y evitar que estén solos o abandonados. También servirán para apoyarse en caso de riesgos o emergencias. Lo importante es que estas redes se formarán respetando las decisiones de los adultos mayores y la manera en que ellos decidan organizarse.

Texto oficial

Artículo 25. Las alcaldías en coordinación con el Instituto promoverán la constitución de Redes de Integración Comunitaria con personas mayores, las cuales tendrán como propósito construir y fortalecer relaciones de éstos con los integrantes de su comunidad, a efecto de establecer vínculos de comunicación, solidaridad y asistencia de necesidades específicas, combatir situaciones de soledad, abandono y apoyo en escenarios de riesgo o emergencia. Dichas redes se constituirán respetando la autonomía y las propias formas de organización de las personas mayores. Sección VI Derecho a la seguridad y a una vida libre de violencia

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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