- Ley
- Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
- Artículo
- 91
Artículo 91 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tú y tu familia tienen la obligación de saber cuáles son los derechos de las personas mayores, así como los programas y servicios que existen para apoyarlas. También deben ayudar a que las personas mayores se conecten con esos apoyos. Para que esto sea posible, el gobierno va a hacer campañas de información para que todos conozcan estos derechos y servicios.
Texto oficial
Artículo 91. Es obligación de los integrantes de la familia conocer los derechos de las personas mayores; de igual forma deberán conocer los programas y servicios desarrollados para apoyar a este sector de la población a efecto de coadyuvar a su vinculación a los mismos. Para alcanzar los fines señalados en este artículo las autoridades de la administración pública realizarán campañas de difusión de estos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.