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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
91

Artículo 91 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tú y tu familia tienen la obligación de saber cuáles son los derechos de las personas mayores, así como los programas y servicios que existen para apoyarlas. También deben ayudar a que las personas mayores se conecten con esos apoyos. Para que esto sea posible, el gobierno va a hacer campañas de información para que todos conozcan estos derechos y servicios.

Texto oficial

Artículo 91. Es obligación de los integrantes de la familia conocer los derechos de las personas mayores; de igual forma deberán conocer los programas y servicios desarrollados para apoyar a este sector de la población a efecto de coadyuvar a su vinculación a los mismos. Para alcanzar los fines señalados en este artículo las autoridades de la administración pública realizarán campañas de difusión de estos.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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