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Ley
Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Artículo
1

Artículo 1 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para toda la Ciudad de México y nadie puede alegar que no la conoce. Su objetivo es establecer las reglas básicas para crear y operar guarderías o estancias infantiles. Estos lugares deben ser seguros para cuidar a los niños, ya sea que los lleven sus papás, su mamá, o la persona que tenga la patria potestad (es decir, la autoridad legal sobre el menor) o la custodia (quien vive y cuida al niño día a día).

Texto oficial

ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de orden público y de observancia general en la Ciudad de México, y tiene por objeto regular las bases, condiciones y procedimientos mínimos para la creación, administración y funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil, que deben constituir un espacio seguro para el cuidado de los niños y niñas de padres, madres o de quien ejerza la patria potestad, guarda y custodia

Ver texto oficial de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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