- Ley
- Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 13 dice quiénes forman parte del Comité de Desarrollo Interinstitucional de Atención y Cuidado de la Infancia. Este grupo lo encabeza la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, y la persona que coordina las actividades es la directora o director general del DIF capitalino. También lo integran los titulares de las secretarías de Protección Civil, Salud, Educación e Inclusión y Bienestar Social. En total, son seis personas, una por cada dependencia, y todas trabajan juntas para atender y cuidar a la niñez.
Texto oficial
ARTÍCULO 13.- El Comité, será integrado por las personas titulares de: La Jefatura de Gobierno, quien lo presidirá; La Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, quien tendrá a cargo la coordinación ejecutiva del Comité; La Secretaría de Protección Civil; La Secretaría de Salud; Secretaría de Educación; y Una persona representante de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social. CAPÍTULO III COMITÉ DE DESARROLLO INTERINSTITUCIONAL DE ATENCIÓN Y CUIDADO DE LA INFANCIA
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